Decreto 2129/2009

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2009

Dase por aprobada una designación en la Unidad Secretario de Coordinación.

Bs. As., 21/12/2009

VISTO el Expediente Nº 1-2002-15882/09-2 del Registro del MINISTERIO DE SALUD, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009 aprobado por la Ley Nº 26.422 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 9 de enero de 2009, el Decreto Nº 923 de fecha 16 de julio de 2009, y CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 923 de fecha 16 de julio de 2009 se modificó el organigrama correspondiente al primer nivel operativo del MINISTERIO DE SALUD, incorporándose a dicha Jurisdicción la SECRETARIA DE COORDINACION y la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA.

Que a fin de contribuir al cumplimiento de los objetivos que dieran origen a la comentada medida se hace necesario incorporar al ámbito de dicha Secretaría, un profesional de probada experiencia que organice, coordine, compatibilice y supervise el desarrollo interno de las actividades propias de la Unidad Secretario de Coordinación y de la Unidad Subsecretario de Coordinación Administrativa, asesorando directamente a sus respectivos titulares, en aspectos técnicos y legales que contribuyan a un eficiente cumplimiento de las acciones que los mismos tienen asignadas.

Que a esos efectos resulta necesario crear con dependencia directa del Secretario de Coordinación de dicho Ministerio el cargo extraescalafonario de Coordinador Técnico Legal de la Unidad Secretario de Coordinación con una retribución mensual equivalente a la del Nivel A, Grado 0, con Función Ejecutiva Nivel I, del régimen escalafonario instituido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SI.N.E.P.) homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

Que para ello, y en virtud de lo establecido por el Artículo 6º de la Ley Nº 26.422, resulta menester efectuar una compensación de cargos.

Que por otra parte el Artículo 7º de la referida ley dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 10 de la Ley Nº 26.422.

Que mediante el Decreto Nº 491 de fecha 3 de marzo de 2002 se...

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