Decreto 738/2015

Fecha de disposición05 Mayo 2015
Fecha de publicación07 Mayo 2015
SecciónDecretos
Número de Gaceta33124



MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

Decreto 738/2015

Dase por prorrogada designación en la Comisión Nacional de Comercio Exterior.

Bs. As., 5/5/2015

VISTO el Expediente N° S01:0013672/2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 766 de fecha 12 de mayo de 1994 y sus modificatorios se creó la COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR como organismo desconcentrado en el ámbito de la ex - SECRETARÍA DE COMERCIO E INVERSIONES del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.

Que conforme lo establecido en el Artículo 5° del Decreto N° 766/94 y sus modificatorios, corresponde al PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta del ex - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, proceder a la designación de UN (1) Presidente y de CUATRO (4) Vocales del Directorio de la COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR.

Que por el Decreto N° 286 de fecha 3 de marzo de 2011 se designó Vocal de la COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, organismo desconcentrado en el ámbito de la entonces SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE INDUSTRIA al Licenciado en Economía D. Alejandro Raúl BARRIOS (M.I. N° 18.713.370), por un período de CUATRO (4) años.

Que en ese sentido, el MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS propone prorrogar la designación del Licenciado en Economía D. Alejandro Raúl BARRIOS a partir del día 4 de marzo de 2015 por un período de CUATRO (4) años en el cargo de Vocal de dicha Comisión.

Que el Licenciado en Economía D. Alejandro Raúl BARRIOS reúne las condiciones exigidas por el Artículo 6° del Decreto N° 766/94 y sus modificatorios, para desempeñarse en las funciones que se le encomiendan.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención de su competencia.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para dictar el presente acto, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el Artículo 5° del Decreto N° 766/94 y sus modificatorios.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo...

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