Decreto 735/2020

Fecha de publicación10 Septiembre 2020
SecciónDecretos
EmisorFONDO PARA EL FORTALECIMIENTO FISCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES


Ciudad de Buenos Aires, 09/09/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-60155065-APN-SP#MI, las Leyes Nros. 23.548 y sus modificaciones, 27.429 y 27.469, los Decretos Nros. 194 del 18 de enero de 2016, 399 del 24 de febrero de 2016 y 257 del 28 de marzo de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 8° de la Ley N° 23.548 y sus modificatorias se dispuso que el ESTADO NACIONAL entregaría, de la parte que le corresponde según lo normado en dicha ley, a la entonces MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES una participación compatible con los niveles históricos, la que no podría ser inferior en términos constantes a la suma transferida en el año 1987.

Que el Decreto N° 692/02 estableció que la participación que le correspondía al Gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES por aplicación del artículo 8° de la Ley N° 23.548 y sus modificatorias sea transferida, en forma automática y diaria, por el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA hasta un monto mensual equivalente a la doceava parte del nivel que se establezca anualmente en las Leyes de Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional.

Que por medio del Decreto N° 705/03 se fijó, a partir del 1° de enero de 2003, la participación que le corresponde a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, por la aplicación del artículo 8° de la Ley N° 23.548 y sus modificatorias, en un coeficiente equivalente al UNO COMA CUARENTA POR CIENTO (1,40%) del monto total recaudado por los gravámenes establecidos en el artículo 2° de la citada ley y sus modificatorias, indicando que dichas transferencias se realizarán a través del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, en forma diaria y automática.

Que con el Decreto N° 194/16 se elevó el coeficiente de participación de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES al TRES COMA SETENTA Y CINCO POR CIENTO (3,75%) sobre el monto total recaudado por los gravámenes establecidos en el artículo 2° de la citada Ley Nº 23.548 y modificatorias, a partir del 1° de enero de 2016.

Que, asimismo, el Decreto N° 399/16 estableció que los fondos transferidos a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES resultantes de la diferencia existente entre el coeficiente de participación que estaba previsto en los Decretos Nros. 705/03 y 194/16, serían destinados para consolidar la organización y funcionamiento institucional de la seguridad pública en todas las materias no federales ejercidas en el ámbito la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Que con fecha 16 de noviembre de 2017, el ESTADO NACIONAL, las Provincias y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES celebraron el Consenso Fiscal (en adelante “Consenso Fiscal 2017”), ratificado por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN mediante la sanción de la Ley N° 27.429, por medio del cual se buscó armonizar las estructuras tributarias de las distintas jurisdicciones.

Que mediante la cláusula II.g del Consenso Fiscal 2017, el ESTADO NACIONAL se comprometió a reducir el porcentaje de participación de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en los impuestos coparticipables, de forma tal de mantenerla en condiciones de igualdad con el resto de las jurisdicciones, frente a la derogación del artículo 104...

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