Decreto 732/2020

Fecha de publicación07 Septiembre 2020
SecciónDecretos
EmisorADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL


Ciudad de Buenos Aires, 04/09/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2020-58485018-APN-DNDO#JGM, la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992 y sus modificatorias), los Decretos Nros. 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 606 del 20 de julio de 2020, 706 del 28 de agosto de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 706/20, modificatorio de la Ley de Ministerios, se transfirieron las competencias relativas a la elaboración, propuesta y ejecución de la política nacional en materia de energía de la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO al ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que, asimismo, el citado decreto modificó la Ley Nº 26.815 del Sistema Federal de Manejo del Fuego, y se estableció que su autoridad de aplicación será el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE.

Que, en función de las competencias asignadas a las citadas jurisdicciones, resulta necesario reordenar sus responsabilidades.

Que por el Decreto Nº 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus Objetivos y los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados.

Que, por otra parte, por razones operativas de gobierno resulta necesario modificar diversos Objetivos de las Secretarías y Subsecretarías que conforman el MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.

Que por el Decreto Nº 174/18 se creó el INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUD (INJUVE) como organismo desconcentrado de la entonces SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN DE POLÍTICA SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que por el Decreto N° 606/20 se transfirió dicho Instituto a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que resulta conveniente modificar la denominación del organismo desconcentrado INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUD por la de INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Transfiérese la SECRETARÍA DE ENERGÍA dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO al ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

La transferencia aludida comprende las unidades organizativas, créditos presupuestarios, bienes y dotaciones vigentes a la fecha y el personal con su actual situación de revista.

ARTÍCULO 2º.- Sustitúyese, del Anexo I –Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría- aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios- el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, por el siguiente:

“IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA

- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

-...

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