DECRETO 73 / 2018 DECRETO de 16 de Enero de 2018

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Febrero de 2018
Fecha de la disposición16 de Enero de 2018
Número de Boletín29180
Fecha de Publicación31 de Enero de 2018
Número de documento64302

DECRETO N° 73/9 (MDP), del 16/01/2018.

Expediente N° 118/391-J-2016 y Agdo.

VISTO el Recurso de Alzada interpuesto por la Empresa de Distribución Eléctrica de Tucumán S.A. (EDET S.A.) en contra de la Resolución N° 643/16 -ERSEPT- del 20/10/16, emitida por el Directorio del Ente Único de Control y Regulación de los Servicios Públicos Provinciales de Tucumán (ERSEPT); y

CONSIDERANDO:

Que la resolución arriba mencionada (fs. 58/62) es confirmatoria de la Resolución ERSEPT (U) N° 269/16 de fecha 29/07/16 (fs. 28138) por la cual el señor Gerente de Atención a Usuarios, dispuso hacer lugar al reclamo de la señora Ana María Jiménez, determinando la responsabilidad de la Distribuidora por el daño ocurrido en los electrodomésticos de su propiedad consignados en el formulario Serie RD N° 16.774 (fs. 02/04) y disponer que EDET S.A. proceda a reintegrar el monto detallado en la factura correspondiente a la reparación de un aire acondicionado. Dichas sumas deberán ser debidamente actualizadas desde las fechas en que son debidas y hasta el momento de la efectiva devolución;

Que respecto del resto de los electrodomésticos dañados, se dispuso que EDET S.A. deberá proceder a reparar o, en el supuesto de ser esto imposible, a reponer los electrodomésticos de igual marca e idénticas o similares características técnicas y prestacionales a las consignadas en el formulario antes citado. En caso en que haya procedido al arreglo de algunos ellos. EDET S.A. deberá reintegrar el monto detallado previa presentación de las facturas correspondientes en su reparación;

Que el artículo 2° dispone que, a tenor de lo dispuesto por el apartado 11.2 del Anexo 4 del Contrato de Concesión, la distribuidora deberá dar cumplimiento con la obligación fijada en el artículo anterior antes de interponer los recursos legales que estime procedentes;

Que el Recurso de Alzada es...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR