Decreto 2020/2009

EmisorMinisterio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos
Fecha de la disposición17 de Diciembre de 2009

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y los artículos y 10 de la Ley Nº 26.422, como así también en función de lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Dase por designado transitoriamente, a partir del 10 de agosto de 2009 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en la planta permanente del DEPARTAMENTO COMUNICACIONES Y PRENSA del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, a la persona consignada en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida, en el cargo allí indicado, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 26.422.

Art. 2º

Danse por designados transitoriamente, a partir del 10 de agosto de 2009 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al señor Juan Ismael REI (D.N.I. Nº 27.616.649) en un cargo Nivel C --Analista--, ambos de la planta permanente del DEPARTAMENTO COMUNICACIONES Y PRENSA del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 26.422 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Art. 3º

Los cargos involucrados en los artículos 1º y 2º de la presente medida deberán ser cubiertos de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 10 de agosto de 2009.

Art. 4º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

Art. 5º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Aníbal D. Fernández. -- Julio C. Alak.

ANEXO I MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS DEPARTAMENTO COMUNICACIONES Y PRENSA APELLIDO Y NOMBRE DOCUMENTO NIVEL Y GRADO FUNCION SCOLAMIERI, Gervasio D.N.I. Nº 27.293.349

C - 0 Redactor MINISTERIO DE JUSTICIA,

SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS Decreto 2007/2009

Danse por prorrogadas designaciones en la Unidad de Información Financiera.

Bs. As., 11/12/2009

VISTO el Expediente Nº 170.795/08 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, la Ley Nº 26.422, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 2089 del 2 de diciembre de 2008 y 2098 del 3 de diciembre de 2008, y CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.422 se aprobó el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el ejercicio 2009.

Que por el Decreto Nº 2089/08, se designaron transitoriamente a los agentes Daniel Federico BERTRAN (D.N.I. Nº 29.130.053) en un cargo Nivel F, Grado 0 --Servicios Generales-- de la Secretaría General Ejecutiva de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, Leonardo Ricardo VALDEZ (D.N.I. Nº 28.642.105) en un cargo Nivel F,

Grado 0 --Servicios Generales-- de la Secretaría General Ejecutiva de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA y Walter David MENDOZA (D.N.I. Nº 31.876.467) en un cargo Nivel F, Grado 0 --Servicios Generales-- de la Dirección de Análisis de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, respectivamente, todos del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

Que a los efectos de implementar las prórrogas de las designaciones transitorias de los señores Daniel Federico BERTRAN y Leonardo Ricardo VALDEZ, resulta necesario disponer la cobertura con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos...

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