Decreto 725. Decreto N° 357/2002. Modificación.

Fecha de disposición01 Junio 2016
Fecha de publicación01 Junio 2016
MateriaDerecho Público y Administrativo
SecciónDecretos

Decreto 725/2016

Decreto N° 357/2002. Modificación.

Bs. As., 31/05/2016

VISTO el Expediente CUDAP: EXP-JGM 0011446/2016 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 27.198, los Decretos N° 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, N° 13 del 10 de diciembre de 2015, N° 151 del 17 de diciembre de 2015, Decisión Administrativa N° 10 del 19 de enero de 2016; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre los cuales se encuentran los referidos a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus competencias.

Que por el Decreto N° 13 del 10 de diciembre de 2015 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92).

Que, asimismo, por el Decreto N° 151 del 17 de diciembre de 2015 se aprobó la conformación organizativa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que en función de los objetivos asignados a la SECRETARIA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA, resulta necesario readecuar los mismos.

Que, a fin de optimizar el cumplimiento de las competencias asignadas a la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, resulta necesario crear distintos cargos extraescalafonarios en el ámbito de la misma.

Que en virtud de lo establecido por el artículo 6° de la Ley N° 27.198, resulta menester efectuar una compensación de cargos, para todas las creaciones propuestas.

Que han tomado intervención en el ámbito de sus respectivas competencias la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y por los artículos y 10 de la Ley N° 27.198.

Por ello,

EL PRESIDENTE

DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°

Sustitúyese del Anexo I al Artículo 1° del Decreto N° 357, de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios --Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada-- el Apartado XI, correspondiente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de este Decreto.

Art. 2°

Sustitúyese del Anexo II al Artículo 2° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios --Objetivos-- el Apartado XI, correspondiente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en lo que refiere a la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA, el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte...

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