Decreto 724. DECTO-2018-724-APN-PTE - Recházase recurso.

Fecha de disposición07 Agosto 2018
Fecha de publicación07 Agosto 2018
SecciónDecretos

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Decreto 724/2018

DECTO-2018-724-APN-PTE - Recházase recurso.

Ciudad de Buenos Aires, 06/08/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2017-18900675-APN-DDMIP#MJ, el Decreto N° 597 del 31 de julio de 2017 y las Resoluciones Conjuntas ex S.G.P. N° 84 y ex M.J.S. y D.H. N° 928 del 16 de octubre de 2009 y ex S.G. N° 78 y M.J. y D.H. N° 919 del 11 de julio de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita el recurso de reconsideración interpuesto por la doctora María José RODRÍGUEZ en los términos del artículo 100 del "Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017", contra el Decreto N° 597 del 31 de julio de 2017 por el que se rechazó el recurso jerárquico en subsidio del de reconsideración incoado contra la Resolución Conjunta ex S.G.P. N° 84 y ex M.J.S. y D.H. N° 928 del 16 de octubre de 2009, por la que se dispuso su reencasillamiento en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

Que el recurso intentado fue interpuesto en legal tiempo y forma.

Que la interesada argumenta que el Decreto N° 1648 del 4 de septiembre de 2002, por conducto del cual se la designó en un cargo Nivel B del entonces vigente SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESIÓN ADMINISTRATIVA (SINAPA), debió ser derogado o revocado en forma previa a su reencasillamiento en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que además, denuncia un "hecho nuevo" que implicaría, según su parecer, un trato discriminatorio respecto a su situación, refiriendo que una agente de otra jurisdicción, en igual situación, habría sido reencasillada en el Nivel en que fue designada transitoriamente.

Que tales argumentaciones no llevan a demostrar la ilegitimidad del acto atacado.

Que en cuanto a las argumentaciones referidas al Decreto N° 1648 del 4 de septiembre de 2002, se señala que el mismo rigió durante un cierto período temporal, agotando luego de ello sus efectos jurídicos, sin que se advierta la necesidad de proceder a derogarlo o revocarlo, como pretende la recurrente. Por el contrario, dicha norma debidamente interpretada con los alcances de una designación...

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