Decreto 2.126 de 13 de Octubre de 2009

La Plata, 13 de octubre de 2009.

VISTO el expediente Nº 2140-8280/08, por el cual se tramita la modificación y desagregación de la estructura orgánico-funcional de la Coordinación General Unidad Gobernador, aprobada por Decreto Nº 322/07 y modificada por Decreto Nº 2800/08, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario dotar al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires de un organismo que dependa en forma directa del Señor Gobernador, a fin de cumplir las funciones de asistencia en la coordinación;

Que en virtud de ello, se considera oportuno y conveniente desarrollar una nueva estructura para la Coordinación General Unidad Gobernador;

Que sin perjuicio de respetar los lineamientos de austeridad y eficacia en materia administrativa establecidos por el Decreto Nº 1322/05 corresponde exceptuar el presente de los alcances de dicho Decreto y del Decreto Nº 105/09;

Que el artículo 48 de la Ley Nº 13.757 faculta al Poder Ejecutivo a crear otras Secretarías con rango y equivalencia a los previstos en dicha Ley;

Que han tomado intervención la Subsecretaría de Modernización del Estado, el Ministerio de Economía y la Asesoría General de Gobierno;

Que el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires faculta al Poder Ejecutivo como Jefe de la Administración a proveer a la estructura organizativa de sus jurisdicciones;

Por ello;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:

ARTÍCULO 1º Aprobar la estructura orgánico-funcional de la Coordinación General Unidad Gobernador, de acuerdo a los organigramas y acciones que como Anexos 1, 1a, 1b, 1c, 2, 2a, 2b, 2c, 2d y 2e forman parte del presente Decreto.
ARTÍCULO 2º

Determinar para la estructura organizativa aprobada en el artículo precedente los siguientes cargos: UN (1) Responsable de la Coordinación General Unidad Gobernador, con rango y remuneración equiparada a Secretario; UN (1) Subsecretario de Imagen, Tecnología y Relaciones Institucionales; UN (1) Subsecretario de Medios; UN (1) Subsecretario Administrativo; UN (1) Director Provincial de Tecnologías Institucionales; UN (1) Director Provincial de Imagen Institucional; UN (1) Director Provincial de Prensa y Difusión; UN (1) Director Provincial de Publicidad Oficial; UN (1) Director Provincial de Radio Provincia; UN (1) Director Provincial de Ceremonial y Audiencias; UN (1) Director de Desarrollo e Implementación de Aplicaciones de la Información; UN (1) Director de Televisión y Comunicación Institucional; UN (1) Director de Coordinación Fotográfica; UN (1) Director de Difusión de Actos Oficiales; UN (1) Director de Prensa; UN (1) Director de Coordinación Operativa de Publicidad Oficial; UN (1) Director de Producción Radial; UN (1) Director de Gestión Comercial; UN (1) Director de Contabilidad y Contrataciones; UN (1) Delegado de la Dirección Provincial de Personal con rango y remuneración equiparada a Director; UN (1) Director de Protocolo; UN (1) Responsable de la Unidad de Logística, con rango y remuneración equiparada a Director; UN (1) Responsable de la Unidad Residencia de los Gobernadores, con rango y remuneración equiparada a Director, UN (1) Responsable de la Unidad de Mantenimiento y Servicios, con rango y remuneración equiparada a Director; UN (1) Subdirector de Publicidad Oficial; UN (1) Jefe de Departamento de Presupuesto y Contabilidad; UN (1) Jefe de Departamento Liquidación de Gastos y Haberes; UN (1) Jefe de Departamento Tesorería y Rendición de Cuentas; UN (1) Jefe de Departamento Compras y Contrataciones; UN (1) Jefe de Departamento Planteles Básicos; UN (1) Jefe de Departamento Legajos y Control de Asistencia; UN (1) Jefe de Departamento Ceremonial; UN (1) Jefe de Departamento Audiencias; UN (1) Jefe de Departamento de Relaciones Institucionales, UN (1) Jefe de Departamento Administrativo; UN (1) Jefe Departamento de Video; UN (1) Jefe de Departamento Archivo; UN (1) Jefe de Departamento de Publicidad y Diseño; UN (1) Jefe de Departamento de Registro Oficial de Medios Publicitarios; UN (1) Jefe de Departamento de Redacción; UN (1) Jefe de Departamento de Síntesis Informativa; UN (1) Jefe de Departamento de Fotografía; UN (1) Jefe de Departamento Técnico; UN (1) Jefe de Departamento Informativo; UN (1) Jefe de Departamento de Producción y Programación; UN (1) Jefe de Departamento Locutores; UN (1) Jefe de Departamento Administrativo; UN (1) Jefe de Departamento Comercial; UN (1) Jefe de Departamento Mesa de Entrada, Despacho y Archivo, todos ellos conforme a los cargos vigentes en la Ley Nº 10.430 -T.O. Decreto 1869/96-.

ARTÍCULO 3º El Responsable de la Coordinación General Unidad Gobernador propondrá al Ministerio de Economía las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento al presente Decreto, el que deberá ajustarse a las previsiones del ejercicio presupuestario vigente.
ARTÍCULO 4º Exceptuar la aprobación de la estructura orgánico-funcional de la Coordinación General Unidad Gobernador de lo dispuesto por el Decreto Nº 1322/05 y el Decreto Nº 105/09, en razón de lo expuesto en los considerandos del presente Decreto.
ARTÍCULO 5º Derogar el Decreto Nº 322/07, su modificatorio y normas complementarias.
ARTÍCULO 6º El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Economía y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 7º Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA; notificar a la Dirección Provincial de Gestión Pública de la Secretaría General de la Gobernación y pasar a la Unidad Gobernador

Cumplido, archivar.

Alberto Pérez Daniel Osvaldo Scioli
Ministro de Jefatura de
Gabinete de Ministros
Gobernador
Alejandro G. Arlía

Ministro de Economía

ANEXO 1

ANEXO 1 a

ANEXO 1 b

ANEXO 1 c

ANEXO 2

COORDINACIÓN GENERAL UNIDAD GOBERNADOR

ACCIONES

  1. Entender en las actividades relacionadas con el protocolo de los actos oficiales, ceremonias y reuniones que se lleven a cabo en la Gobernación.

  2. Controlar la atención de las audiencias solicitadas al Señor Gobernador.

  3. Entender en todo lo referido a traslados de funcionarios de la Unidad Gobernador, tanto en lo relativo al personal afectado a dicha tarea como al material rodante asignados a tal fin.

  4. Planificar y evaluar el desarrollo de eventos institucionales vinculados al Señor Gobernador.

  5. Ejecutar el desarrollo del "Portal Único del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires", como así también supervisar las páginas Web institucionales de las distintas jurisdicciones y/u organismos del Poder Ejecutivo Provincial.

  6. Entender en la política de imagen institucional del Señor Gobernador.

  7. Coordinar la transmisión, archivo, difusión e impresión del material fotográfico generado por la Subsecretaría de Imagen, Tecnología y Relaciones Institucionales.

  8. Entender en las transmisiones televisivas y en la cobertura fotográfica de los distintos actos del Señor Gobernador.

  9. Entender en los programas de publicidad y comunicación oficial.

  10. Asistir en la implementación de los cursos de acción necesarios para garantizar la difusión y conocimiento general de la actividad oficial de los actos de gobierno y la información de interés público.

  11. Coordinar las políticas a seguir en materia de contrataciones publicitarias con la Subsecretaría de Medios y la Subsecretaría de Imagen, Tecnología y Relaciones Institucionales.

  12. Entender en la ejecución de políticas de comunicación radial.

ANEXO 2 a

COORDINACIÓN GENERAL UNIDAD GOBERNADOR

SUBSECRETARÍA DE IMAGEN, TECNOLOGÍA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

ACCIONES

  1. Asistir al Coordinador General en todas las cuestiones concernientes a presentaciones en eventos institucionales.

  2. Planificar y evaluar el desarrollo de eventos institucionales vinculados al Señor Gobernador.

  3. Supervisar y coordinar todos los eventos institucionales que realicen los organismos del Poder Ejecutivo Provincial.

  4. Planificar las políticas de imagen institucional del Señor Gobernador.

  5. Promover el desarrollo de sistemas de comunicación institucional que incorporen técnicas modernas y nuevas tecnologías.

  6. Promover el desarrollo del "Portal Único del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires".

  7. Promover la coordinación de las páginas Web institucionales de las distintas jurisdicciones y organismos del Poder Ejecutivo Provincial.

  8. Participar en los actos del Gobierno Provincial brindando el soporte técnico necesario para la transmisión de información que se genere.

  9. Promover el acceso multimedia necesario en los eventos de carácter institucional de la Provincia de Buenos Aires, en coordinación con la Dirección Provincial de Comunicaciones dependiente...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR