Decreto 691/2019

Fecha de publicación08 Octubre 2019
SecciónDecretos
EmisorADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL


Ciudad de Buenos Aires, 07/10/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-47995612-ANSES-DGF#ANSES, las Leyes Nros. 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias y 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019 y los Decretos Nros. 894 del 27 de julio de 2016 y 730 del 8 de agosto del 2018, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 72 de la Ley Nº 27.467 estableció como crédito presupuestario para transferencias a las cajas previsionales provinciales de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) la suma de PESOS VEINTIDÓS MIL MILLONES ($ 22.000.000.000) para financiar gastos corrientes del año 2019, dentro del Programa Transferencias y Contribuciones a la Seguridad Social y Organismos Descentralizados, Grupo 07, Transferencias a Cajas Previsionales Provinciales.

Que, a tales fines, la suma establecida será distribuida por la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) a las provincias que no transfirieron sus regímenes previsionales al Estado Nacional, independientemente de haber suscripto o no el Consenso Fiscal de fecha 16 de noviembre de 2017, en concepto de anticipos a cuenta del resultado definitivo del sistema previsional provincial del período 2019.

Que, asimismo, en el precitado artículo se establece que la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) transferirá a dichas provincias el monto total del déficit definitivo correspondiente a los períodos 2017 y 2018, descontados los anticipos ya transferidos, en un plazo de NOVENTA (90) días contados a partir de la vigencia de la Ley N° 27.467 o de la fecha de determinación de cada déficit definitivo.

Que a fin de sostener un Sistema Previsional equilibrado y sustentable en el tiempo es preciso apoyar e incentivar los esfuerzos realizados por las provincias.

Que en tal sentido, resulta oportuno establecer una asistencia adicional a aquellos fondos que actualmente reciben las Provincias que han cumplido con la remisión de información y cuentan con un resultado simulado para el ejercicio 2017.

Que la distribución de la misma estará basada en el cálculo del promedio ponderado entre la población provincial, la cantidad de beneficiarios previsionales provinciales y el último monto total de anticipos recibidos en concepto de asistencia financiera, siendo la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) la encargada de determinar el universo aplicable.

Que se cuentan con los créditos...

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