Decreto 1499/2009

EmisorInspeccion General de Justicia
Fecha de la disposición23 de Octubre de 2009

1995--aprobatorio del entonces vigente SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA --SI.NA.PA.--, al doctor Dn. Gabriel Adrián IVE en el cargo de Director Nacional de Emergencias Sanitarias, Nivel A - Grado 0, Función Ejecutiva de Nivel I.

Que dicha designación preveía asimismo que el cargo involucrado debía ser cubierto conforme con los sistemas de selección establecidos por el entonces vigente SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA, aprobado por el citado Decreto Nº 993/91 --T.O. 1995--, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la notificación de la respectiva designación transitoria.

Que el referido plazo se encuentra actualmente vencido.

Que el procedimiento de selección correspondiente no se ha instrumentado hasta el presente y no resulta factible concretarlo en lo inmediato, motivo por el cual, teniendo en cuenta la naturaleza del cargo involucrado y a efectos de contribuir al normal cumplimiento de las acciones que tiene asignadas la Dirección Nacional de Emergencias Sanitarias, resulta necesario disponer la prórroga por igual período del plazo precedentemente señalado.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1º) de la CONSTITUCION NACIONAL y el Decreto Nº 491/02, artículo 1º.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Dase por prorrogada, a partir del 12 de noviembre de 2008 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles la designación transitoria efectuada por conducto del Decreto Nº 288/08 del doctor Dn. Gabriel Adrián IVE (D.N.I. Nº 16.100.078) Nivel A - Grado 0, en el cargo de Director Nacional de Emergencias Sanitarias dependiente de la SUBSECRETARIA DE PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS de la SECRETARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS del MINISTERIO DE SALUD, autorizándose el correspondiente pago de Función Ejecutiva de Nivel I del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Art. 2º

El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos, respectivamente, según lo establecido en el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III, IV y VIII del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el artículo 1º.

Art. 3º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente del MINISTERIO DE SALUD.

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Aníbal D. Fernández. -- Juan L.

Manzur.

MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Decreto 1493/2009

Dase por aprobada una designación en la Subsecretaría de Coordinación.

Bs. As., 19/10/2009

VISTO el Expediente Nº 1.336.466/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 26.422 aprobatoria del Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el ejercicio 2009, los Decretos Nros.

491 del 12 de marzo de 2002, 1140 del 28 de junio de 2002, 628 del 13 de junio de 2005 y su modificatorio, 1514 del 23 de octubre de 2007 y 2098 del 3 de diciembre de 2008, la Resolución Conjunta de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION Nº 27 del 18 de julio de 2007 y las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO, Y SEGURIDAD SOCIAL Nros. 11 del 6 de enero de 2006 y su modificatoria y 620 del 20 de julio de 2009, y CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.422 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 2009.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que por el artículo 7º de la Ley Nº 26.422 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el artículo 10 de la Ley Nº 26.422 se dispuso que las facultades otorgadas por dicha Ley al señor Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la Administración General del País y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Que por el Decreto Nº 628/05 se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 11 del 6 de enero de 2006 y sus modificatorias, se aprobó las aperturas inferiores del primer nivel operativo de la estructura de esa Cartera de Estado.

Que por la Resolución Conjunta de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION Nº 27 del 18 de julio de 2007, se incorporó al Nomenclador de Funciones Ejecutivas del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, el cargo de Coordinador de la Coordinación de Planificación Estratégica, con Función Ejecutiva de Nivel IV, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del Ministerio citado.

Que por el Decreto Nº 1140/02 se facultó a los Titulares de las Jurisdicciones a solicitar al PODER EJECUTIVO NACIONAL la cobertura transitoria de los cargos incluidos en el nomenclador de Funciones Ejecutivas del entonces SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (SI.NA.P.A.).

Que por el Decreto Nº 1514 del 23 de octubre de 2007 se designó a partir del 18 de julio de 2007 con carácter transitorio, en el cargo de Coordinador de la Coordinación de Planificación Estratégica, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION, con Nivel B, Grado 3, Función Ejecutiva de Nivel IV, al Contador Mario Hugo NICOLETTI ALTIMARI (M.I. Nº 7.961.927).

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 620 del 20 de julio de 2009 se limitó a partir del 31 de julio de 2009 la asignación de las funciones en el cargo de Coordinador de la Coordinación de Planificación Estratégica, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, dispuesta por el Decreto Nº 1514 del 23 de octubre de 2007, al Contador Mario Hugo NICOLETTI ALTIMARI (M.I.

Nº 7.961.927).

Que en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL se encuentra vacante el cargo de Coordinador de Planificación Estratégica, con Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva de Nivel IV.

Que por la particular naturaleza de las tareas asignadas a la mencionada Unidad Organizativa, resulta necesario proceder a su inmediata cobertura y con carácter transitorio, exceptuándolo a tal efecto de lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº 26.422 ello a fin de asegurar la consecución de los objetivos asignados a dicha Cartera de Estado.

Que por Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), concertado entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales mediante el Acta Acuerdo y su Anexo de fecha 5 de septiembre de 2008.

Que el cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III, IV y VIII del CONVENIO COLECTIVO...

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