Decreto 1526/2009
Fecha de la disposición | 22 de Octubre de 2009 |
Boletin oficial de la RepUblica aRgentina los documentos que aparecen en el bOletin OFicial de la RepUblica aRgentina serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional (decreto nº 659/1947) Precio $ 1,10
PRESIDENCIA DE LA NACION SecretarIa LegaL y tecnIca Dr. Carlos alberto Zannini Secretario DIreccIOn nacIOnaL DeL regIStrO OfIcIaL Dr. Jorge eDuarDo FeiJoÓ Director nacional www.boletinoficial.gov.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar registro nacional de la Propiedad Intelectual nº 723.199
DOmIcILIO LegaL Suipacha 767-c1008aaO Nº 31.764 2
Pág. Pág.
HuesPeDes oFiCiales 1473/2009
1474/2009
1475/2009
1476/2009
DECISIONES ADMINISTRATIVAS JeFatura De gabinete De Ministros 365/2009
393/2009
PresuPuesto 383/2009
385/2009
Apruébase el Estatuto Social de RADIO Y TELEVISION ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO, que como Anexo I forma parte integrante del presente decreto.
Facúltase al señor Presidente del SISTEMA NACIONAL DE MEDIOS PUBLICOS S.E., D. Tristán BAUER D.N.I. Nº 13.512.869, a realizar todos los actos necesarios para la constitución y puesta en funcionamiento de RADIO Y TELEVISION ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO y a aprobar las eventuales modificaciones al Estatuto que se aprueba por el artículo 6º.
Ordénase la protocolización del Estatuto Social aprobado precedentemente, así como de toda actuación que fuere menester elevar a escritura pública a los efectos registrales a través de la ESCRIBANIA GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACION, sin que ello implique erogación alguna.
Ordénase la inscripción ante la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA del Estatuto Social de RADIO Y TELEVISION ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO.
A tal fin, se otorgarán los mandatos judiciales pertinentes para que los integrantes del servicio jurídico de RADIO Y TELEVISION ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO intervengan por la sociedad en liquidación.
Fernández. -- Aníbal F. Randazzo.
ANEXO I ESTATUTO SOCIAL RADIO Y TELEVISION ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO TITULO I.
DENOMINACION, REGIMEN LEGAL,
DOMICILIO Y DURACION ARTICULO 1º. - Con la denominación de 'RADIO Y TELEVISION ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO', se constituye una sociedad con sujeción al régimen de la Ley Nº 20.705, la que se regirá por las disposiciones de dicha ley, de la Ley Nº 19.550 (T.O. 1984) y sus modificatorias, por las de la Ley Nº 24.156, sus normas complementarias y reglamentarias, por las de la Ley Nº 26.522, sus normas reglamentarias y complementarias y por las normas del presente estatuto. En el cumplimiento de las actividades propias de su objeto social y en todos los actos jurídicos que formalice, podrá usar indistintamente su nombre completo, o bien la sigla 'RTA S.E.'.
Para el cumplimiento de su objeto social, la Sociedad tiene las siguientes atribuciones y obligaciones, entre ellas:
- Operar y explotar los servicios de radiodifusión sonora correspondientes a Radiodifusión Argentina al Exterior y a las siguientes estaciones de radiodifusión: LS82 TV CANAL 7; LRA1 RADIO NACIONAL BUENOS AIRES, LRA2 RADIO NACIONAL VIEDMA; LRA3 RADIO NACIONAL SANTA ROSA; LRA4 RADIO NACIONAL SALTA;
LRA5 RADIO NACIONAL ROSARIO; LRA6 RADIO NACIONAL MENDOZA; LRA7 RADIO NACIONAL CORDOBA; LRA8 RADIO NACIONAL FORMOSA; LRA9 RADIO NACIONAL...
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