Decreto 1338/2009

EmisorMinisterio de Produccion
Fecha de la disposición 2 de Octubre de 2009

TURISMO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el Artículo 1º del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Prorrógase, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 14 de agosto de 2009, la asignación transitoria de la Función Ejecutiva Nivel II, Director General de Administración dependiente de la SUBSECRETARIA TECNICA ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE TURISMO del MINISTERIO DE PRODUCCION, al señor D. Victorio Manuel GALLO (M.I. Nº 7.596.050), Nivel A, Grado 8, autorizándose el pago de la referida función ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.) homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

Art. 2º

La función involucrada deberá ser cubierta conforme los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido respectivamente en el Artículo 120 y en el Título II,

Capítulos III, IV y VIII del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.) homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el Artículo 1º del presente decreto.

Art. 3º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la SECRETARIA DE TURISMO del MINISTERIO DE PRODUCCION.

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Aníbal D.

Fernández. -- Débora A. Giorgi.

MINISTERIO DE PRODUCCION Decreto 1352/2009

Dase por aprobada una designación en la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa.

Bs. As., 28/9/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0226239/2008 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las Leyes Nros.

26.337 y 26.422 y los Decretos Nros. 993/91

T.O. 1995, 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, y CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 7º de las Leyes Nros.

26.337 y 26.422 ambas de Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2008 y 2009, respectivamente, se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de las mismas, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del Artículo 10 de las citadas leyes.

Que el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que en virtud de específicas razones de servicio de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCION, se considera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante Nivel B, de Coordinador Técnico Especializado en Promoción de Exportaciones de la Dirección de Promoción de Exportaciones de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa, de la mencionada Subsecretaría.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una excepción a lo dispuesto en el Artículo 7º de las Leyes Nros. 26.337 y 26.422 y a lo establecido en el Título III --Capítulos I y II-- del Anexo I del Decreto Nº 993/91 T.O. 1995.

Que la agente propuesta reúne los requisitos de experiencia e idoneidad para cubrir dicho cargo.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que se encuentran reunidos los requisitos exigidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGALY TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete, en orden a lo previsto en el Artículo 11 del Decreto Nº 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, los Artículos 7º y 10 de las Leyes Nros.

26.337 y 26.422 y el Artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Dase por exceptuado al MINISTERIO DE PRODUCCION de lo previsto en el Artículo 7º de las Leyes Nros. 26.337 y 26.422 ambas de Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2008 y 2009, respectivamente, y de lo dispuesto en el Título III Capítulos I y II, del Anexo I del Decreto Nº 993/91.

T.O. 1995, a los efectos de cubrir UN (1) cargo Nivel B, de Coordinador Técnico Especializado en Promoción de Exportaciones de la Dirección de Promoción de Exportaciones de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del citado Ministerio.

Art. 2º

Dase por designada con carácter transitorio, a partir del día 1 de noviembre de 2008, a la agente Nivel D, Grado 9, Doña Mirta Noemí ANDRIANI (M.I.Nº 13.355.045), en un cargo de Planta Permanente, Nivel B, de Coordinador Técnico Especializado en Promoción de Exportaciones de la Dirección de Promoción de Exportaciones de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑAY MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCION.

Art. 3º

El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el Artículo 120 y en el Título II, Capítulos III y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.) homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del día 1 de noviembre de 2008.

Art. 4º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto del MINISTERIO DE PRODUCCION.

Art. 5º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y...

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