Decreto 675/2019

Fecha de publicación01 Octubre 2019
SecciónDecretos
EmisorCONTRATOS


Ciudad de Buenos Aires, 30/09/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-58882941-APN-DGD#MHA y el Modelo de Contrato de Préstamo BID propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la ejecución del “Programa de Desarrollo de Tecnologías Satelitales (PROSAT II)”, por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES SESENTA MILLONES (USD 60.000.000).

Que el objetivo general del citado Programa es contribuir a incrementar la efectividad de las políticas públicas de gestión de riesgos de desastres y de fomento productivo, así como la mejora del desempeño productivo en sectores usuarios del monitoreo satelital.

Que los objetivos específicos del referido Programa son los siguientes: (i) mejorar el monitoreo y la respuesta de las agencias públicas a cargo de la prevención y gestión de riesgos de desastres mediante el aprovisionamiento de imágenes satelitales con tecnología SAR (Synthetic Aperture Radar) y (ii) mejorar la información satelital para apoyar el desempeño de sectores productivos que utilicen las aplicaciones específicas que se desarrollen con el programa.

Que para la ejecución del Programa se desarrollarán DOS (2) componentes: (I) Mejora de información satelital, el cual se divide en DOS (2) Subcomponentes: 1.1 Construcción y lanzamiento del satélite y 1.2 Plataforma terrena de recepción y procesamiento de imágenes provenientes del SAOCOM (Satélite Argentino de Observación con Microondas) 1A y 1B operativa; (II) Nuevas aplicaciones satelitales.

Que el Programa será ejecutado por la COMISIÓN NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES (CONAE), organismo descentralizado en el ámbito de la Secretaría de Gobierno de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE HACIENDA, suscriba el Contrato de Préstamo BID, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho préstamo.

Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de Hacienda para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BID y acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del...

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