Decreto 674/2019

Fecha de publicación01 Octubre 2019
SecciónDecretos
EmisorCONTRATOS


Ciudad de Buenos Aires, 30/09/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-52621215-APN-DGD#MHA y el Modelo de Contrato de Préstamo BID propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la ejecución del “Programa de Integración Socio Urbana” (PISU – BID), por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA MILLONES (USD 50.000.000).

Que el objetivo del citado Programa es promover la integración social y urbana de los barrios vulnerables del país, priorizando aquellos comprendidos dentro del Registro Nacional de Barrios Populares (RENABAP).

Que para la ejecución del Programa se desarrollarán CUATRO (4) componentes: (I) Ordenamiento territorial y seguridad en la tenencia; (II) Desarrollo humano y productivo, el cual se divide en DOS (2) Subcomponentes: 2.1 Desarrollo humano y 2.2 Desarrollo productivo; (III) Infraestructura urbana y (IV) Fortalecimiento institucional gubernamental y comunitario.

Que la ejecución del Programa estará a cargo del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, a través de la SECRETARIA DE INTEGRACIÓN SOCIO URBANA (SISU), la que asumirá la coordinación del Programa y la supervisión técnica de los proyectos específicos, y de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS ESPECIALES Y COOPERACION INTERNACIONAL (DGPECI), la cual tendrá como responsabilidad la gestión de los aspectos fiduciarios y el monitoreo del Programa.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE HACIENDA, suscriba el Contrato de Préstamo BID, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho préstamo.

Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de Hacienda para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BID y acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del “Programa de Integración Socio Urbana”, siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral pactado.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo BID propuesto para ser...

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