Decreto Nº 2.613
Emisor | Ministerio de Salud |
Fecha de la disposición | 29 de Septiembre de 2008 |
DECRETO Nº 2.613
Mendoza, 29 de setiembre de 2008
Visto el expediente 4858-D-07-77770 y sus acumulados 179-M-08-77770, 476-G-07-77770 y 0007360-G-99-77705, en el cual se solicita la modificación de la Planta de Personal del Ministerio de Salud para posibilitar el ajuste de la situación de revista de diverso personal con funciones en distintas dependencias del mencionado Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que se ha dado cumplimiento al Art. 2° del Decreto-Acuerdo N° 565/08 y Decreto-Acuerdo N° 608/08.
Por ello, en razón de lo solicitado, lo informado por la Subdirección de Personal, la conformidad de la Dirección General de Administración, de acuerdo con lo dispuesto por los Arts. 11°, 50° y 55° inc. b), de la Ley N° 7837 Presupuesto año 2008 y Arts. 2° y 24° del Decreto-Acuerdo N° 470/08.
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Exceptúese del congelamiento de vacantes previsto en el Art. 52° de la Ley N° 7837, lo dispuesto en el presente decreto, conforme a lo establecido por el Art. 21º del Decreto-Acuerdo N° 470/08.
Modifíquese la Planta de Personal prevista en el Presupuesto General vigente año 2008 de la Administración Pública Provincial y ajústese al Carácter, Jurisdicción, Unidad Organizativa, Clasificación Presupuestaria, Ubicación Escalafonaria, Clase y Unidad de Gestión, la situación de revista, en la forma que se indica en la Planilla Anexa II que forma parte integrante del presente decreto.
El ajuste efectuado por el Artículo 3° del presente decreto, no modifica el carácter de permanente, interino, licenciado, con retención del cargo, o cualquier otra circunstancia en que se encuentren los agentes en la actualidad.
Establézcase que los agentes que se indican continuaran percibiendo los adicionales que se especifican, establecidos por los artículos que se mencionan de la Ley N° 5465:
Adicional por Mayor Dedicación - (Arts. 32° -punto 9- y 43°)
Dn. Luis Dario Dean, clase 1944, L.E. N° 8.140.282, CUIL 20-08140282-6
Mayor Horario - (Arts. 32° -punto 10- y 44°)
Da. Magdalena Eloisa Correa, clase 1952, DNI N° 10.037.364, CUIL N° 27-10037364-0
Lo dispuesto en el presente decreto tendrá vigencia a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de su dictado.
El presente decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de...
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