Decreto 659/2019

Fecha de publicación24 Septiembre 2019
SecciónDecretos
EmisorCORREDORES VIALES NACIONALES


Ciudad de Buenos Aires, 20/09/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2018-10892311-APN-AJ#DNV, las Leyes Nros. 17.520, 27.328 y 27.467, el Decreto-Ley N° 505 del 16 de enero de 1958, el Decreto Reglamentario N° 118 del 17 de febrero de 2017 y sus modificatorios, los Decretos Nros. 976 del 31 de julio de 2001 -ratificado oportunamente por la Ley N° 26.028- y sus modificatorios, 866 del 28 de mayo de 2008, 543 del 21 de abril de 2010, 1288 del 21 de diciembre de 2016, 1010 del 5 de diciembre de 2017, 794 del 3 de octubre de 2017 y su modificatorio y 902 del 7 de noviembre de 2017, y las Resoluciones de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD Nros. 1516 del 2 de agosto de 2012, 842 del 30 de abril de 2013, 296 del 19 de abril de 2016, 317 del 21 de abril de 2016, 811 del 20 de abril de 2017, 863 del 27 de abril de 2017, 147 del 26 de enero de 2018, 723 del 21 de abril de 2018, 1126 del 18 de junio de 2018 y 1442 del 31 de julio de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 543 del 21 de abril de 2010 se ratificaron los Contratos de Concesión de obra pública de los CORREDORES VIALES NACIONALES Nros. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8, celebrados entre la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, actualmente organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE, en su carácter de Autoridad de Aplicación, y las empresas Concesionarias CV1 CONCESIONARIA VIAL SOCIEDAD ANÓNIMA (Corredor Vial N° 1), CORREDOR DE INTEGRACIÓN PAMPEANA SOCIEDAD ANÓNIMA (Corredor Vial N° 2), AUTOVÍA BS. AS. A LOS ANDES SOCIEDAD ANÓNIMA (Corredor Vial N° 3), CARRETERAS CENTRALES DE ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (Corredor Vial N° 4), CINCOVIAL SOCIEDAD ANÓNIMA (Corredor Vial N° 5), CAMINOS DEL PARANÁ SOCIEDAD ANÓNIMA (Corredor Vial N° 6), VIALNOA SOCIEDAD ANÓNIMA (Corredor Vial N° 7) y CORREDOR CENTRAL SOCIEDAD ANÓNIMA (Corredor Vial N° 8), respectivamente.

Que si bien el vencimiento del plazo contractual de las concesiones referidas en el considerando precedente operó el 21 de abril de 2016, las empresas concesionarias de los Corredores Viales Nacionales Nros. 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 8 suscribieron oportunamente la prórroga contractual por el plazo de UN (1) año, en el marco de lo dispuesto en la Cláusula Tercera de los Contratos de Concesión, y la concesionaria del Corredor Vial Nacional N° 3 también ha asumido a su cargo las obligaciones y derechos inherentes al Corredor Vial Nacional N° 7; todo lo cual ha sido establecido mediante las Resoluciones de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD Nros. 296 del 19 de abril de 2016 y 317 del 21 de abril de 2016.

Que por el Decreto Nº 1288 del 21 de diciembre de 2016, se estableció que los referidos Corredores Viales Nacionales Nros. 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 8, cuyas concesiones operaban su vencimiento contractual el 21 de abril de 2017, serían licitados para otorgar la concesión por peaje para la construcción, mejoras, reparación, conservación, ampliación, remodelación, mantenimiento, administración y explotación bajo el régimen de la Ley N° 17.520 y sus normas modificatorias y reglamentarias, con la modalidad que se estime más conveniente, determinándose asimismo que dicho proceso licitatorio se desarrollaría bajo la dependencia directa del MINISTERIO DE TRANSPORTE en su carácter de Autoridad de Aplicación.

Que, asimismo, por el Decreto N° 902 del 7 de noviembre de 2017 se incorporó el régimen relativo a los contratos de participación público-privada establecido en la Ley N° 27.328, como una modalidad alternativa de contratación a la establecida en el referido Decreto N° 1288/16.

Que por la Resolución de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD N° 811 del 20 de abril de 2017, se aprobó la continuidad operacional de emergencia de la concesión por peaje de los Corredores Viales Nacionales Nros. 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 8 con las correspondientes empresas Concesionarias por el término de UN (1) año o el tiempo que demande el procedimiento licitatorio, de conformidad con el referido Decreto N° 1288/16.

Que a través de la Resolución de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD N° 147 del 26 de enero de 2018, se efectuó el llamado a licitación pública nacional e internacional con el objeto de contratar el diseño, construcción, ampliación, mejora, reparación, remodelación, operación, mantenimiento y explotación comercial de los Corredores Viales Nacionales descriptos en el Anexo I de dicha medida...

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