Decreto 649/2021

Fecha de publicación24 Septiembre 2021
SecciónDecretos
EmisorCONVENIOS


Ciudad de Buenos Aires, 23/09/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-65596589-APN-SSRFID#SAE y el Modelo de Convenio de Préstamo BIRF N° 9232-AR propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Convenio de Préstamo BIRF N° 9232-AR, el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF) se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA con el fin de cooperar en la ejecución del “Proyecto de Modernización del Transporte Ferroviario de Pasajeros en Buenos Aires – Línea Mitre” por un monto de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES (USD 347.000.000).

Que los objetivos del Proyecto son: (a) mejorar la confiabilidad y seguridad de la Línea Mitre y (b) aumentar la accesibilidad en el Área Metropolitana de Buenos Aires.

Que el referido proyecto prevé la ejecución de TRES (3) partes: (1) Mejora, Ampliación y Renovación de la Playa Ferroviaria de Retiro, la cual contempla: 1.1. Mejora, renovación y ampliación de la playa ferroviaria en la Terminal Retiro; (2) Renovación de la Línea Mitre, la cual contempla: 2.1. Renovación de vías del Ramal Retiro - Tigre, 2.2. Mejoramiento de los sistemas eléctricos del Ramal Retiro-Tigre, 2.3. Construcción y mejora de las estaciones, promoviendo la intermodalidad con servicios de colectivos y transporte no-motorizado, 2.4. Mejoras en los servicios de transferencia entre ramales y extensión de la electrificación, 2.5. Las actividades de supervisión técnica, social y ambiental relacionadas con obras civiles bajo las Partes 1 y 2 del Proyecto y (3) Fortalecimiento Institucional y Gestión de Proyecto, la cual contempla: 3.1. Mejora de la prestación del servicio de transporte ferroviario de pasajeros, 3.2. Desarrollo del capital humano, 3.3. Fortalecimiento de la perspectiva de género, 3.4. Preparación de estudios técnicos, 3.5. Soporte para actividades de gestión de proyecto, 3.6. Soporte para la valoración y evaluación del Proyecto.

Que la ejecución de dicho Proyecto y la utilización de los recursos del préstamo otorgado por el Banco serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE TRANSPORTE, a través de la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIFSE), que será el Organismo Ejecutor del Proyecto para las Partes 1, 2 y 3.3 y, parcialmente, para las Partes 3.1, 3.2, 3.4 y 3.5 del referido Proyecto. Asimismo, el MINISTERIO DE TRANSPORTE deberá operar y mantener, en todo...

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