Decreto 648/2022

Fecha de publicación19 Septiembre 2022
SecciónDecretos
EmisorACUERDOS


Ciudad de Buenos Aires, 16/09/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-19819006-APN-SDDHH#MJ, la Ley N° 23.054 y el ACUERDO DE SOLUCIÓN AMISTOSA del 23 de febrero de 2022, firmado entre el Gobierno de la REPÚBLICA ARGENTINA y la parte peticionaria en el marco del Caso N° 14.669 “Mariano BEJARANO” del registro de la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH), y

CONSIDERANDO:

Que la REPÚBLICA ARGENTINA es Estado Parte de la CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS, la cual posee jerarquía constitucional.

Que por el artículo 2º de la mencionada Ley Nº 23.054, que aprueba la CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS, se reconoce la competencia de la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS por tiempo indefinido y de la CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS sobre todos los casos relativos a la interpretación o aplicación de la citada Convención.

Que con fecha 27 de octubre de 2010 la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS (CIDH) recibió una petición en contra de la REPÚBLICA ARGENTINA formulada por las doctoras Elena Carmen MORENO y Myriam CARSEN, en representación del señor Mariano BEJARANO, en la que se alegó la responsabilidad internacional del Estado argentino por la violación de derechos consagrados en la CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS.

Que el 7 de septiembre de 2021 la referida Comisión declaró la admisibilidad de la petición, de acuerdo con lo dispuesto en su Informe Nº 190/21 conforme a lo establecido en el artículo 46 de la CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS, con respecto a la presunta violación de los derechos consagrados en los artículos 8, 24 y 25, en relación con el artículo 1.1 del mismo instrumento.

Que, en línea con la habitual política de cooperación con los órganos del Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos, se inició un proceso de diálogo entre el Estado argentino y la parte peticionaria, tendiente a explorar la posibilidad de arribar a un ACUERDO DE SOLUCIÓN AMISTOSA.

Que finalizado el proceso de consultas de rigor, y luego de reuniones de trabajo con participación de funcionarios y funcionarias de la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, se consensuó el texto del ACUERDO DE SOLUCIÓN AMISTOSA, suscripto el 23 de febrero de 2022, que obra como ANEXO del presente decreto, en el cual las partes convienen, entre otros aspectos, que se otorgará una reparación pecuniaria de acuerdo con el...

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