DECRETO 618 / 2020 DECRETO de 17 de Marzo de 2020

Fecha de Entrada en Vigor19 de Marzo de 2020
Fecha de la disposición17 de Marzo de 2020
Número de Boletín29701
Fecha de Publicación18 de Marzo de 2020
Número de documento77082

DECRETO N° 618/1, del 17/03/2020.

VISTO, el Decreto N° 614/1, de fecha 16 de marzo de 2020,

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario introducir modificaciones en el texto del mismo, a efectos de llevar claridad a sus alcances, respecto de los Organismos y personal comprendido en la medida.

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°

Reemplazase el Artículo 1° del Decreto N° 614/1, del 16 de marzo en curso, por el siguiente: "ARTICULO 1° Disponese que a partir del día 17 de marzo del corriente año y hasta el día 31 del mismo mes y año, el personal de la Administración Pública Provincial Centralizada, Descentralizada, y Organismos Autárquicos, incluidas las Comunas Rurales, prestará servicios exclusivamente en el turno matutino, quedando exceptuados de la presente medida los servicios que se prestan respecto de la salud pública, de seguridad, de la Dirección General de Rentas de la Provincia y los Institutos dependientes del Ministerio de Desarrollo Social.".

ARTICULO 2° El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra de Gobierno y Justicia y firmado por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTICULO 3° Dése al Registro Oficial...

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