DECRETO 614 / 2020 DECRETO de 16 de Marzo de 2020

Fecha de Entrada en Vigor19 de Marzo de 2020
Fecha de la disposición16 de Marzo de 2020
Número de Boletín29700
Fecha de Publicación17 de Marzo de 2020
Número de documento77043

DECRETO N° 614/1, del 16/03/2020.

VISTO, la declaración de emergencia en materia de salud pública, con motivo de la pandemia por el brote de Coronavirus (COVID-19), declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS), y

CONSIDERANDO:

Que el Poder Ejecutivo de la Provincia en concordancia con las distintas disposiciones que al respecto viene adoptando el Gobierno Nacional, estima conveniente adoptar medidas relacionadas con el funcionamiento de la Administración Pública Provincial en la emergencia referida, específicamente en lo que hace al horario de funcionamiento de las distintas reparticiones estatales.

Que esta medida tiene por objetivo principal acotar la concurrencia de personal y de público a las oficinas con atención al mismo. De ésta medida debe exceptuarse a los servicios que se prestan respecto de la salud pública, de seguridad, de las Instituciones que atienden a menores y ancianos; y de la Dirección General de Rentas de la Provincia.

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°

Disponese que a partir del día 17 de marzo del corriente año y hasta el día 31 del mismo mes y año, el personal de la Administración Pública Provincial Centralizada y Descentralizada, incluidas las Comunas Rurales, prestará servicios exclusivamente en el turno matutino, quedando exceptuados de la presente medida los servicios que se prestan respecto de la salud pública, de seguridad, de las Instituciones que atienden a menores y ancianos; y de...

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