Decreto 606/2024 , 2024-07-12

Fecha de publicación12 Julio 2024
EmisorADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 11/07/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-64822949-APN-ST#MEC, la Ley N° 17.285 y sus modificaciones, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias y los Decretos Nros. 239 del 15 de marzo de 2007, 1770 del 29 de noviembre de 2007 y 70 del 20 de diciembre de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 17.285 fue sancionado el CÓDIGO AERONÁUTICO, que rige la aeronáutica civil en el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, su mar territorial y aguas adyacentes y el espacio aéreo que los cubre, definida esta como el conjunto de actividades vinculadas con el empleo de aeronaves privadas y públicas, que involucran las actividades de navegación aérea y todas aquellas relaciones de derecho derivadas del comercio aéreo en general.

Que dicha norma fue modificada por el Decreto Nº 70/23 que declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social hasta el 31 de diciembre de 2025.

Que en los argumentos vertidos en los considerandos del citado decreto se concluyó que “…es imperativo un reordenamiento integral de la legislación aerocomercial para dotar al mercado de un entorno competitivo que otorgue la suficiente flexibilidad para llegar a todas las ciudades argentinas”.

Que la REPÚBLICA ARGENTINA es miembro signatario del CONVENIO DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL, conocido comúnmente como Convenio de Chicago de fecha 7 de diciembre de 1944 y que fuera ratificado por la Ley Nº 13.891. Por lo tanto, es Estado contratante de la ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL (OACI) y miembro de la COMISIÓN LATINOAMERICANA DE AVIACIÓN CIVIL (CLAC).

Que mediante el citado Convenio nuestro país ha asumido la responsabilidad de cumplir con las normas y métodos recomendados para la protección y la seguridad de la aviación civil, armonizando su normativa interna, procedimientos y modo de organizar la matriz institucional que regula el sector, para facilitar y mejorar la navegación aérea y contribuir a la seguridad de la aeronáutica civil.

Que por el Decreto Nº 239/07 se creó la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) como organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

Que el citado decreto instituyó a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL como AUTORIDAD AERONÁUTICA NACIONAL, con las funciones y competencias...

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