Decreto 606/2020

Fecha de publicación21 Julio 2020
SecciónDecretos
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUD


Ciudad de Buenos Aires, 20/07/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2020-37740381-APN-DNDO#JGM, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias), las Leyes Nros.13.482 y 17.671 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 773 del 21 de junio de 2007 y sus modificatorios, 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus objetivos y los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados.

Que por el Decreto Nº 174/18 se creó el INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUD (INJUVE) como organismo desconcentrado de la entonces SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN DE POLÍTICA SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, actualmente dependiente de la SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL del citado Ministerio.

Que entre los objetivos asignados a dicho Organismo se encuentran los vinculados con la implementación de políticas sociales destinadas a jóvenes, la articulación de la intervención de los organismos gubernamentales competentes en toda materia que se vincule a problemáticas relacionadas con la juventud, comprendiendo aspectos como la capacitación en oficios y primer empleo, terminalidad educativa, políticas culturales, artísticas, iniciativas deportivas, turismo, prevención de adicciones, situación de calle, salud reproductiva, participación ciudadana, violencia institucional o escolar, entre otras.

Que dichas competencias exigen una ejecución transversal a toda la Administración Pública Nacional y acciones interministeriales que exceden el ámbito de la SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que en virtud de ello, se considera oportuna la transferencia del citado INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUD a la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, por otra parte, requerimientos de gestión tornan necesaria la modificación de los Objetivos de distintas áreas de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, del MINISTERIO DE ECONOMÍA, del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN.

Que, en consecuencia, corresponde la modificación de los Anexos II y III del Decreto Nº 50/19.

Que por la Ley Nº 13.482 se creó el REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, actual DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS (RENAPER) como entidad descentralizada en jurisdicción del MINISTERIO DEL INTERIOR, con el objeto de elaborar políticas nacionales y medidas concretas en materia de identificación, registro y clasificación del potencial humano nacional, entre otros aspectos...

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