Decreto 900/2009

EmisorSindicatura General de la Nacion
Fecha de la disposición17 de Julio de 2009

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SINDICATURA GENERAL DE LA NACION Decreto 900/2009

Acéptase la renuncia presentada por la Síndica General Adjunta.

Bs. As., 15/7/2009

VISTO el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCION NACIONAL.

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Acéptase la renuncia presentada por la Doctora D.Valeria Marina LOIRA (D.N.I.

Nº 23.351.929) al cargo de Síndica General Adjunta de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

Art. 2º -- Agradécense a la funcionaria renunciante los valiosos servicios prestados en el desempeño de su cargo.

Art. 3º -- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Aníbal D.

Fernández. -- Aníbal F. Randazzo.

CARNES Decreto 906/2009

Declárase de interés público y económico el cupo tarifario concedido por la Unión Europea a la República Argentina denominado 'Cuota Hilton'. Régimen jurídico para la distribución y asignación.

Bs. As., 16/7/2009

VISTO el 'ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO DE 1994' (en adelante GATT); el 'ACUERDO DE MARRAKECH POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORGANIZACION MUNDIAL DEL COMERCIO' y el 'REGLAMENTO (CE Nº 810/2008) del 11 de agosto de 2008 de la COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS RELATIVO A LA APERTURA Y EL MODO DE GESTION DE LOS CONTINGENTES ARANCELARIOS DE CARNES DE VACUNO DE CALIDAD SUPERIOR FRESCA, REFRIGERADA O CONGELADA,

Y DE CARNE DE BUFALO CONGELADA', y CONSIDERANDO:

Que es dable declarar de interés público y económico el cupo tarifario concedido por la UNION EUROPEA a nuestro país, denominado 'Cuota Hilton', atento su importancia económica, estratégica y social.

Que en el marco de las medidas de política económica implementadas por el Gobierno Nacional, se establece el régimen jurídico aplicable a la distribución del cupo tarifario de cortes enfriados bovinos sin hueso de calidad superior, conforme al biotipo establecido por la UNION EUROPEA.

Que en tal sentido, corresponde el dictado de normas destinadas a reglamentar la distribución del cupo de cortes enfriados bovinos sin hueso de calidad superior que la UNION EUROPEA asignó a nuestro país, con pautas claras y certeras que otorguen un marco de previsibilidad y transparencia a la misma.

Que resulta prioritario para el Gobierno Nacional asegurar el abastecimiento del mercado interno de carne bovina y sus derivados, a valores asequibles para la población, así como el...

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