Decreto 598/2020

Fecha de publicación17 Julio 2020
SecciónDecretos
EmisorCONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES


Ciudad de Buenos Aires, 16/07/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-09704783-APN-DNDO#JGM, los Decretos N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, N° 880 del 21 de julio de 2016 y su modificatorio, N° 499 del 12 de julio de 2017 y N° 292 del 10 de abril de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 4° del Decreto N° 357/02 se creó el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN con el objeto de constituir un ámbito de planificación y coordinación de la política social nacional para mejorar la gestión de gobierno mediante la formulación de políticas y la definición de cursos de acción coordinados e integrales, optimizando la asignación de los recursos.

Que por el Decreto N° 880/16 se aprobaron los objetivos y la estructura organizativa de primer nivel operativo del mencionado Organismo.

Que por el Decreto N° 499/17 se estableció que el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN sería el organismo responsable de coordinar las acciones necesarias para la efectiva implementación de la “Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible” aprobada por la Resolución Nº 70/1 de la Asamblea General de las NACIONES UNIDAS de fecha 25 de septiembre de 2015, con intervención de las áreas competentes de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL.

Que resulta necesario modificar los objetivos y la conformación organizativa del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA y la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO han tomado la intervención que les compete.

Que el servicio jurídico pertinente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°. - Sustitúyese el artículo 4° del Decreto Nº 357/02, por el siguiente:

“ARTÍCULO 4°. - Créase el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con el objeto de constituir un ámbito de planificación y coordinación de la política social nacional para mejorar la gestión de gobierno, mediante la formulación de políticas y la definición de cursos de acción coordinados e integrales, optimizando la asignación de los recursos.

La Presidencia del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES será ejercida por un/a funcionario/a con rango y jerarquía de Secretario/a, designado/a por el PODER EJECUTIVO NACIONAL”.

ARTÍCULO...

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