Decreto 751/2009

Fecha de la disposición19 de Junio de 2009

Que el MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS solicita la cobertura transitoria del cargo vacante financiado de Asesor Jurídico de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del referido Ministerio.

Que la persona propuesta reúne los conocimientos, experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño del cargo a cubrir.

Que a los efectos de implementar la referida cobertura transitoria resulta necesario designar a la persona que se propone con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 26.422.

Que la cobertura del cargo en cuestión no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO DE JUSTICIA,

SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS para atender el gasto resultante de la medida que se aprueba por el presente.

Que se ha dado debido cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6º del Decreto Nº 601/02.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y los artículos y 10 de la Ley Nº 26.422, como así también en función de lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Desígnase transitoriamente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles en la planta permanente de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, a la persona consignada en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida, en el cargo allí indicado, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 26.422.

Art. 2º

El cargo involucrado en la presente medida deberá ser cubierto de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto.

Art. 3º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Sergio T. Massa. -- Aníbal D. Fernández.

ANEXO I MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS APELLIDO Y NOMBRE DOCUMENTO Nº NIVEL Y GRADO FUNCION ESPARIS, Ricardo L.E. Nº 7.766.627 C 0 Asesor Jurídico ADMINISTRACION NACIONAL DE ALIMENTOS, MEDICAMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA Decreto 720/2009

Prorrógase la designación de la Directora de Evaluación de Medicamentos.

Bs. As., 11/6/2009

VISTO el Expediente Nº 1-47-9775/06-6 del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA --ANMAT-- y los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 1707 de fecha 23 de noviembre de 2006, 1345 de fecha 19 de agosto de 2008, y CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 491/2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada o descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que por el Decreto Nº 1707 del 23 de noviembre de 2006, se designó transitoriamente a la Licenciada Da. Analía Cristina PEREZ, en la función jerarquizada de Directora de EVALUACION DE MEDICAMENTOS de la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA ANMAT - organismo descentralizado de la ex SECRETARIA DE POLITICAS,

REGULACION Y RELACIONES SANITARIAS del MINISTERIO DE SALUD.

Que en su artículo 3º se estableció que la aludida función jerarquizada debía ser cubierta conforme los sistemas de selección previstos por la Carrera ProfesionalDecreto Nº 277/91, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la notificación de la respectiva designación transitoria.

Que no habiéndose realizado la cobertura de la función jerarquizada mediante el correspondiente proceso de selección, por razones operativas, se hace necesario prorrogar la mencionada designación por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL, y a tenor de lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Dase por prorrogada, a partir del 26 de mayo de 2008 en la Función Jerarquizada de Directora de EVALUACION DE MEDICAMENTOS de la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA - ANMAT, organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, a la Licenciada Da. Analía Cristina PEREZ, (DNI Nº 10.610.232), Legajo Nº 87.678, Nivel D - Grado II correspondiente a la Carrera Profesional instituida por Decreto Nº 277/91.

Art. 2º

La designación en la función jerarquizada aludida se dispone con carácter de excepción a lo establecido en Capítulo II, artículo 4º, inciso c), Capítulo III, artículo 11 y Capítulo VI, artículo 37 del Anexo I del Decreto Nº 277 de fecha 14 de febrero de 1991.

Art. 3º

La función mencionada deberá ser cubierta mediante los sistemas de selección previstos por la Carrera Profesional (Decreto Nº 277/91) en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la firma del presente.

Art. 4º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio, correspondiente a la Jurisdicción 80 --MINISTERIO DE SALUD-- Organismo Descentralizado 904 - ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA - ANMAT.

Art. 5º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Sergio T.

Massa. -- María G. Ocaña.

PERSONAL MILITAR Decreto 751/2009

Actualización de los montos de los suplementos y compensaciones de haberes.

Bs. As., 18/6/2009

VISTO la Ley Nº 19.101 para el Personal Militar, el Decreto Nº 1081 del 31 de diciembre de 1973, el Decreto Nº 2769 del 30 de diciembre de 1993, el Decreto Nº 388 del 16 de marzo de 1994, el Decreto Nº 1104 del 8 de setiembre de 2005, el Decreto Nº 92 del 25 de enero de 2006, el Decreto Nº 1095 del 23 de agosto de 2006, el Decreto Nº 871 del 5 de julio de 2007, el Decreto Nº 1053 del 27 de junio de 2008, la Ley de Inteligencia Nacional Nº 25.520, el Decreto Nº 1088 del 5 de mayo de 2003, el Decreto Nº 1782 del 30 de noviembre de 2006, el Decreto-Ley Nº 5177 del 18 de abril de 1958 por el que se aprobó el Estatuto de la Policía de Establecimientos Navales modificado por las Leyes Nº 16.563 y Nº 17.144, reglamentado por el Decreto Nº 2126 del 20 de julio de 1977, modificado por el Decreto Nº 1901 del 27 de octubre de 1994 y el Decreto Nº 1784 del 30 de noviembre de 2006 y CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Nº 2769/93 se agregaron determinados suplementos a la reglamentación del Capítulo IV --Haberes-- del Título II - Personal Militar en Actividad de la Ley Nº 19.101, aprobada por Decreto Nº 1081/73 y sus modificatorios.

Que por los artículos 1º y 4º del Decreto Nº 2769/93 se agregaron respectivamente como apartados d) y e) del inciso 4º del artículo 2405 del Decreto Nº 1081/73, el 'Suplemento por Responsabilidad de Cargo o Función' y el 'Suplemento por Mayor Exigencia de Vestuario'.

Que por el artículo 2º se agregó como inciso j) del artículo 2408 del Decreto Nº 1081/73, la 'Compensación por Vivienda' y por el artículo 3º se reemplazó el inciso f) del artículo precitado referido a la 'Compensación para Adquisición de Textos y demás Elementos de Estudio'.

Que por el Decreto Nº 1053/08 se dispuso la actualización de los montos de los suplementos y compensaciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR