Decreto 409/2009

EmisorMinisterio del Interior
Fecha de la disposición 4 de Mayo de 2009

Que el artículo 10 del citado Estatuto establece que el ingreso se producirá por la categoría mínima del cuadro correspondiente, por lo que resulta pertinente realizar las designaciones solicitadas.

Que la referida Policía ha certificado que los postulantes cumplen con los requisitos de ingreso a la planta permanente establecidos en los artículos 11 y 12 del Decreto Nº 1088/03.

Que el artículo 7º de las Leyes Nros. 26.337 y 26.422, establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de aquélla, ni los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros, quedando exceptuados de ello, entre otros, los cargos correspondientes al personal de las FUERZAS ARMADAS y de Seguridad, por reemplazos de agentes pasados a situación de retiro y jubilación o dados de baja durante el ejercicio.

Que la Decisión Administrativa Nº 2/09 distribuyó los créditos presupuestarios aprobados por la Ley Nº 26.422 incluyendo las vacantes financiadas existentes en cada Jurisdicción o entidad de la Administración Nacional.

Que el Decreto Nº 491/02 establece que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada en los términos del artículo 2º del Decreto Nº 23 del 23 de diciembre de 2001 --en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiación--, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA,

SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y del artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Danse por designadas, a partir del 2 de mayo de 2008, como personal permanente en el cuadro E, categoría 14, y en las condiciones previstas en los artículos 9º y 10 primer párrafo del 'Estatuto para el Personal de la SECRETARIA DE INTELIGENCIA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y para el Personal Civil de Inteligencia de los Organismos de Inteligencia de las FUERZAS ARMADAS', aprobado por el Decreto Nº 1088/03, a las personas detalladas en el Anexo l que forma parte integrante del presente, para prestar servicios en la Unidad Regional de Seguridad Aeroportuaria I DEL ESTE de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA del MINISTERIO DE JUSTICIA,

SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

Art. 2º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente será atendido con cargo a...

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