Decreto 372/2009

EmisorMinisterio del Interior
Fecha de la disposición28 de Abril de 2009

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 11 de fecha 6 de junio de 2006 y sus modificatorias se aprobaron las aperturas inferiores de primer nivel operativo de la estructura organizativa del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que por el Decreto Nº 1140/02 se facultó a los Titulares de las Jurisdicciones a solicitar al PODER EJECUTIVO NACIONAL la cobertura transitoria de los cargos incluidos en el nomenclador de funciones ejecutivas del entonces SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (SINAPA).

Que por la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 34 del 2 de agosto de 2007 se reasignaron en el nomenclador de Funciones Ejecutivos los cargos pertenecientes al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, según el detalle obrante en el Anexo I a dicha resolución.

Que en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, a partir del 1º de enero de 2009, se encuentra vacarte el cargo de Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva de Nivel III, Director Regional Pampeana, dependiente de la Dirección Nacional de Relaciones Federales de la SECRETARIA DE TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que por la particular naturaleza de las tareas asignadas a la mencionada Unidad Organizativa, resulta necesario proceder a su inmediata cobertura y con carácter transitorio, exceptuándolo a tal efecto de lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº 26.422 y a lo establecido en el Título II, Capítulos III; IV y VIII, artículo 19 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO.

Que por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), concertado entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales mediante el Acta Acuerdo y su Anexo de fecha 5 de septiembre de 2008.

Que el cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artículo 120 y el Título II, Capítulos III; IV y VIII del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, homologado por Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 1º de enero de 2009.

Que la persona que se propicia reúne las condiciones de idoneidad y experiencia necesarias para desempeñar el cargo que se encuentra vacante.

Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, los artículos y 10 de la Ley Nº 26.422 y del artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Dase por designado con carácter transitorio a partir del 1º de enero de 2009, en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en el cargo de Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva de Nivel III, Director de la Dirección Regional Pampeana, dependiente de la Dirección Nacional de Relaciones Federales de la SECRETARIA DE TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, al Doctor Don Jorge Ariel SCHUSTER (M.I. Nº 10.131.763).

Art. 2º

La designación en el cargo aludido se dispone con carácter de excepción a lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº 26.422.

Art. 3º

El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección previstos por el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III; IV y VIII del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, homologado por Decreto Nº 2098/08, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir del 1º de enero de 2009.

Art. 4º

El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Art. 5º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del...

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