DECRETO 567 / 2021 DECRETO de 10 de Marzo de 2021

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Mayo de 2021
Fecha de la disposición10 de Marzo de 2021
Número de Boletín29973
Fecha de Publicación 6 de Mayo de 2021
Número de documento81607

DECRETO N° 567/7 (SES), del 10/03/2021.

EXPEDIENTE N° 85070/213-C-2019.

VISTO, las presentes actuaciones por las cuales el Departamento General de Policía solicita al Poder Ejecutivo mediante Resolución N° 0585/19 (DIGAIP) de fecha 27/03/2019, se decrete la cesantía del Agente de la repartición, Julio Raúl TOROSSI, por abandono de servicio; y

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones se inician a instancias de la Resolución N° 3.242/13 (S.R.D-1) de fecha 29/11/2013 por la cual el Jefe de Policía consideró como abandono de servicios la situación del cabo Torossi, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 12 incido d) de RRDP en razón de que desde el 12 de noviembre de 2013 faltó al servicio, sin ninguna comunicación, de acuerdo con lo documentado por el Jefe de Guardia de Infantería.

Que a fs. 40, 139, 141-142 y 145 se adjunta: Inicio de Sumario Administrativo; concepto funcional; foja de servicios e informe de la División de Antecedentes Personales.

Que a fs. 150 el Instructor encuadra la conducta del cabo Torossi como abandono de servicio, por aplicación del artículo 12 inciso d) del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial (falta grave).

Que a fs. 159 se notifica al cabo Torossi para que ejerza su derecho de defensa en los términos del artículo 139 del RRDP, produzca descargo y ofrezca las pruebas que considere pertinentes. El imputado no se presentó ni aportó pruebas que hicieren valer sus derechos, por lo que se dio por decaído su -derecho a defensa.

Que a fs. 169 se adjunta el Examen N° 506 de fecha 02/11/2018 de la Dirección General de Asuntos Internos de la Policía, en el cual comparte las conclusiones de la instrucción policial.

Que a fs. 175 corre agregado informe de la Sección Situación de Revista D-1, del que surge que el señor Torossi continúa en situación de Abandono de Servicios.

Que a fs. 181 brinda acuerdo el señor Secretario de Estado de Seguridad.

Que de las constancias obrantes en el expediente se observa que se respetó el debido proceso legal y se garantizó el derecho de defensa, habiéndose acreditado el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR