Decreto 266/2009

Fecha de disposición17 Abril 2009
Fecha de publicación17 Abril 2009
SecciónDecretos
Número de Gaceta31635

Boletin oficial de la RepUblica aRgentina los documentos que aparecen en el bOletin OFicial de la RepUblica aRgentina serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional (decreto nº 659/1947) Precio $ 0,90

PRESIDENCIA DE LA NACION SecretarIa LegaL y tecnIca Dr. Carlos alberto Zannini Secretario DIreccIOn nacIOnaL DeL regIStrO OfIcIaL Dr. Jorge eDuarDo FeiJoÓ Director nacional www.boletinoficial.gov.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar registro nacional de la Propiedad Intelectual nº 723.199

DOmIcILIO LegaL Suipacha 767-c1008aaO Nº 31.635 2

8 8

9 9

Pág. Pág.

DeciSioneS ADminiStrAtivAS Ministerio De saluD 126/2009

Ministerio Del interior 160/2009

JeFatura De gabinete De Ministros 130/2009

134/2009

136/2009

Ministerio De eConoMia Y FinanZas PubliCas 139/2009

161/2009

162/2009

163/2009

164/2009

55/2009-SC Declárase la caducidad de una licencia otorgada para la prestación de servicios de telecomunicaciones..

56/2009-SC Declárase la caducidad de una Licencia Unica para la prestación de servicios de telecomunicaciones.

General 2594-AFIP Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. Personas físicas y sucesiones indivisas.

Continúa en página 3

Pág.

convencioneS coLectivAS De trABAJo Que el referido plazo fue prorrogado por igual término por los Decretos Nº 2071/06,

Nº 961/07 y 1012/08.

Que el procedimiento de selección correspondiente no se ha instrumentado hasta el presente y no resulta factible concretarlo en lo inmediato, motivo por el cual, teniendo en cuenta la naturaleza del cargo involucrado y a efectos de contribuir al normal cumplimiento de las acciones que tiene asignadas la DIRECCION NACIONAL DE INTELIGENCIA ESTRATEGICA MILITAR del MINISTERIO DE DEFENSA, resulta necesario disponer la prórroga por igual período del plazo precedentemente señalado.

Que dicha prórroga se dispone con carácter de excepción a lo dispuesto por el Título III,

Capítulo III y Título VI, artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto Nº 993/91 (T.O. 1995). Artículos 1 a 4

Que la prórroga aludida no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete, determinando que la medida propuesta es legalmente viable.

Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1) de la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA y el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR