Decreto 266/2009
Fecha de disposición | 17 Abril 2009 |
Fecha de publicación | 17 Abril 2009 |
Sección | Decretos |
Número de Gaceta | 31635 |
Boletin oficial de la RepUblica aRgentina los documentos que aparecen en el bOletin OFicial de la RepUblica aRgentina serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional (decreto nº 659/1947) Precio $ 0,90
PRESIDENCIA DE LA NACION SecretarIa LegaL y tecnIca Dr. Carlos alberto Zannini Secretario DIreccIOn nacIOnaL DeL regIStrO OfIcIaL Dr. Jorge eDuarDo FeiJoÓ Director nacional www.boletinoficial.gov.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar registro nacional de la Propiedad Intelectual nº 723.199
DOmIcILIO LegaL Suipacha 767-c1008aaO Nº 31.635 2
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DeciSioneS ADminiStrAtivAS Ministerio De saluD 126/2009
Ministerio Del interior 160/2009
JeFatura De gabinete De Ministros 130/2009
134/2009
136/2009
Ministerio De eConoMia Y FinanZas PubliCas 139/2009
161/2009
162/2009
163/2009
164/2009
55/2009-SC Declárase la caducidad de una licencia otorgada para la prestación de servicios de telecomunicaciones..
56/2009-SC Declárase la caducidad de una Licencia Unica para la prestación de servicios de telecomunicaciones.
General 2594-AFIP Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. Personas físicas y sucesiones indivisas.
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convencioneS coLectivAS De trABAJo Que el referido plazo fue prorrogado por igual término por los Decretos Nº 2071/06,
Nº 961/07 y 1012/08.
Que el procedimiento de selección correspondiente no se ha instrumentado hasta el presente y no resulta factible concretarlo en lo inmediato, motivo por el cual, teniendo en cuenta la naturaleza del cargo involucrado y a efectos de contribuir al normal cumplimiento de las acciones que tiene asignadas la DIRECCION NACIONAL DE INTELIGENCIA ESTRATEGICA MILITAR del MINISTERIO DE DEFENSA, resulta necesario disponer la prórroga por igual período del plazo precedentemente señalado.
Que dicha prórroga se dispone con carácter de excepción a lo dispuesto por el Título III,
Que la prórroga aludida no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete, determinando que la medida propuesta es legalmente viable.
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1) de la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA y el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA...
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