Decreto 558/2021

Fecha de publicación25 Agosto 2021
SecciónDecretos
EmisorCORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS


Ciudad de Buenos Aires, 24/08/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-10482513-APN-SDDHH#MJ, las Leyes Nros. 23.054 y 23.982 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 2° de la Ley Nº 23.054 se reconoció la competencia de la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS por tiempo indefinido y de la CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS sobre todos los casos relativos a la interpretación o aplicación de la “CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS” bajo condición de reciprocidad.

Que por el Expediente citado en el Visto tramita el pago en concepto de indemnización y reintegro al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, en el Caso Nº 12.315 “FERNÁNDEZ PRIETO Y TUMBEIRO VS. ARGENTINA” del registro de la mencionada Corte.

Que el 1° de septiembre de 2020 la CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS dictó sentencia en el marco del referido Caso contra el ESTADO NACIONAL, ordenó el pago de la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS (USD 73.251,84) en concepto de indemnización y reintegro al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la mencionada Corte y que este debe realizarse en el plazo de UN (1) año contado a partir de su notificación, la que tuvo lugar el 6 de octubre de 2020.

Que, asimismo, el monto mencionado se conforma, de acuerdo con lo previsto en los párrafos 132, 133 y 139 de la sentencia, en concepto de daño material de la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DIEZ MIL (USD 10.000) a favor de Carlos Alberto FERNÁNDEZ PRIETO y de la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (USD 5.000) a favor de Carlos Alejandro TUMBEIRO, y en concepto de daño inmaterial, de la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA MIL (USD 30.000) a favor del señor Carlos Alberto FERNÁNDEZ PRIETO y de la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES VEINTICINCO MIL (USD 25.000) a favor del señor Carlos Alejandro TUMBEIRO.

Que, a su vez, la CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS ordenó al ESTADO NACIONAL reintegrar al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS (USD 3.251,84).

Que el cumplimiento de las resoluciones emanadas de la citada Corte genera por parte del ESTADO NACIONAL el compromiso de observancia de sus prescripciones en el orden interno y frente a la comunidad internacional, dado el carácter definitivo e inapelable de sus...

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