DECRETO 550 / 2019 DECRETO de 5 de Diciembre de 2019

Fecha de Entrada en Vigor13 de Diciembre de 2019
Fecha de la disposición 5 de Diciembre de 2019
Número de Boletín29637
Fecha de Publicación13 de Diciembre de 2019
Número de documento75771

DECRETO N° 550/3 (ME), del 05/12/2019.-

EXPEDIENTE N° 1208/369/DD/2019.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se gestiona autorización para la ampliación por hasta la suma de pesos quinientos millones ($500.000.000) del contrato de préstamo suscripto con el Banco Macro S.A. el 01 de noviembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el art. 18° de la Ley N° 9138 -De Presupuesto General 2019- y su modificatoria N° 9180, se autoriza al Poder Ejecutivo a realizar operaciones de crédito público, dentro del monto máximo allí fijado, conforme a las atribuciones previstas en los Arts. 75 y 76 de la Ley N° 6970 -De Administración Financiera-.

Que con fecha 01/11/2019 la Provincia suscribió con el Banco Macro S.A. un "Contrato de Préstamo" y un "Contrato de Cesión de Derechos en garantía" por hasta la suma de $3.000.000.000, aprobado mediante Decreto N° 270/3(ME) del 11 de noviembre de 2019.

Que a foja 03 se adjunta Anexo I con el resumen de los términos y condiciones de la ampliación que se tramita, y a foja 04 se agrega Anexo II que contiene un cronograma estimativo de pago de cuotas de capital e intereses.

Que a fojas 06 interviene la Contaduría General de la Provincia, informando que, al tratarse de una ampliación del contrato ya firmado con el Banco Macro SA, los términos y condiciones son los mismos, y agrega que la Provincia cuenta con margen disponible conforme al tope de endeudamiento que fija el Art. 18 de la citada Ley, resultando necesario incrementar los créditos presupuestarios hasta cubrir el monto solicitado.

Que, en consecuencia, resulta necesario facultar al señor Ministro de Economía a firmar un Contrato de Préstamo y un Contrato de Cesión de derechos en garantía, en los Términos y Condiciones establecidos por el Banco Macro S.A. y según el resumen detallado a fojas 3/4, en carácter de ampliación del contrato de préstamo formalizado el 01/11/2019, dictando para ello la medida administrativa que disponga en tal sentido.

Que atento a las facultades conferidas por el artículo 14 de la Ley N° 8467, se considera oportuno establecer la alícuota del 0% (cero por ciento) en el Impuesto de Sellos, para los actos jurídicos...

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