Decreto 55. Declárase en estado de emergencia administrativa al Sistema Estadístico Nacional.

Fecha de disposición08 Enero 2016
Fecha de publicación08 Enero 2016
SecciónDecretos

Decreto 55/2016

Declárase en estado de emergencia administrativa al Sistema Estadístico Nacional.

Bs. As., 07/01/2016

VISTO el Expediente N° S01:0363416/2015 del Registro del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, la Ley N° 17.622, sus normas modificatorias y complementarias y el Decreto N° 927 de fecha 21 de julio de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 17.622 ha colocado bajo la dirección del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, administración desconcentrada actuante en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, la conducción del Sistema Estadístico Nacional (SEN) siendo una de sus principales funciones promover la adecuada difusión de toda información estadística de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 5°, inciso f) de la citada ley.

Que la elaboración y difusión de estadísticas aporta a la gestión estatal y a las actividades particulares una herramienta imprescindible para la toma de decisiones y brinda a la opinión pública nacional e internacional información social y económica relevante para el conocimiento de la situación del país.

Que información de dominio público da cuenta de una administración irregular del Organismo a partir de un conjunto de circunstancias, algunas de ellas oportunamente denunciadas ante la Justicia Nacional en lo Criminal y Correccional Federal, que fueron desenvolviéndose desde el año 2006 y hasta el cambio de las autoridades nacionales ocurrido el 10 de diciembre pasado, que dieron lugar al desplazamiento de sus puestos de trabajo de buena parte del personal de supervisión técnica del Organismo reemplazado en ocasiones por personal sin la debida calificación.

Que al asumir, las nuevas autoridades del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS han podido verificar que existe una situación anómala en el Organismo que le impide, en la actualidad, brindar con regularidad el servicio a su cargo, suministrando información estadística suficiente y confiable en temas particularmente sensibles como precios al consumidor, producto bruto interno y comercio exterior, estimando que el proceso de reordenamiento interno habrá de demorar no menos de SEIS (6) meses.

Que las funciones a cargo del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS no pueden ser discontinuadas, razón por la cual se hace necesario adoptar medidas de excepción tendientes a facilitar su funcionamiento ininterrumpido y a propiciar su rápido reordenamiento...

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