Decreto 1527/2014

Fecha de la disposición 8 de Septiembre de 2014



SECRETARIA GENERAL

Decreto 1527/2014

Danse por prorrogadas designaciones.

Bs. As., 8/9/2014

VISTO los Decretos Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 648 del 26 de mayo de 2004, Nº 1057 del 17 de agosto de 2004, Nº 141 del 2 de marzo de 2009, Nº 2240 del 20 de noviembre de 2012 y Nº 2215 del 14 de noviembre de 2012, la Resolución S.G. Nº 56 del 28 de enero de 2005 y las Resoluciones ex S.S.G.P. Nº 2 del 30 de mayo de 2002 y Nº 25 del 4 de mayo de 2005, y lo solicitado por la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y

CONSIDERANDO:

Que mediante los Decretos Nros. 1057/04 y 141/09 se designaron, con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a diversos funcionarios de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que por el Decreto Nº 2240/12, se prorrogaron designaciones, todas con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, de diversos funcionarios de la jurisdicción citada en el párrafo precedente.

Que por el Decreto Nº 648/04 y la Resolución S.G. Nº 56/05 se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION hasta el primer nivel operativo con dependencia directa del nivel político y sus correspondientes aperturas inferiores.

Que por el Decreto Nº 2215/12 se modificó la estructura de primer nivel operativo y sus aperturas inferiores, respecto de las denominaciones de algunos cargos y las responsabilidades primarias y acciones de diversas direcciones, para lograr una mayor eficiencia en el proceso de toma de decisiones, evitando la superposición de funciones, mejorando los tiempos de cumplimiento de las tareas asignadas, dinamizando los trámites a cumplir y optimizando los recursos existentes.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en los términos del artículo 2° del Decreto Nº 23 del 23 de diciembre de 2001, en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que por las dos últimas Resoluciones mencionadas en el Visto se aprobó el Nomenclador...

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