Decreto 1537/2014

Fecha de la disposición 8 de Septiembre de 2014



JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 1537/2014

Dase por prorrogada designación del Director General de Enlace Parlamentario.

Bs. As., 8/9/2014

VISTO el Expediente Nº CUDAP: EXP-JGM: 0012266/2014 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.895, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 720 del 11 de mayo de 2012 y 2228 del 18 de diciembre de 2013 y lo solicitado por la SECRETARIA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.895 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.

Que mediante el Decreto Nº 720 del 11 de mayo de 2012 se dio por designado transitoriamente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles al Licenciado D. Nicolás NORIEGA como Director General de Enlace Parlamentario dependiente de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES de la SECRETARIA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y cuya prórroga se efectuó mediante el Decreto Nº 2228 del 18 de diciembre de 2013.

Que resulta necesario efectuar la prórroga de la designación citada precedentemente a partir del 27 de febrero de 2014 y hasta el 12 de marzo de 2014 inclusive.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que mediante el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de Planta Permanente y no Permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que el Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, en su artículo 6°, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4 del 15 de marzo de 2002.

Que el agente involucrado en la presente medida, se encuentra exceptuado de lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto Nº 601/02 y su modificatorio reglamentario del Decreto Nº 491/02, por haber dado cumplimiento oportunamente a tales disposiciones.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE...

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