Decreto 157/2009

Fecha de publicación09 Marzo 2009
Fecha de disposición09 Marzo 2009
SecciónDecretos
Número de Gaceta31610

NIO DE SUBEJECUCIONY TRANSFERENCIA DE RECURSOS.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los Artículos 57 y 60 in fine de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias, el Artículo 40 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005), y la Ley Nº 26.135.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Apruébase el Modelo de CONTRATO DE PRESTAMO (BID) a suscribirse entre el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) y la REPUBLICA ARGENTINA, por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA MILLONES (U$S 50.000.000) destinado a la ejecución del PROYECTO DE INTEGRACION DE PEQUEÑOS PRODUCTORES A LA CADENA VITIVINICOLA, que consta de las Estipulaciones Especiales, las Normas Generales y el Anexo Unico, cuya copia autenticada forma parte integrante del presente decreto como Anexo I.

Asimismo, forman parte integrante de la presente medida como Anexo II, las versiones en idioma español de las 'Políticas para la Adquisición de Obras y Bienes Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo' y las 'Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo', ambas correspondientes a la edición del mes de julio de 2006.

Art. 2º

Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a suscribir en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA el contrato que se aprueba por el Artículo 1º del presente decreto.

Art. 3º

Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a convenir y/o suscribir modificaciones al contrato que se aprueba por el Artículo 1º del presente decreto, siempre que las mismas no constituyan cambios sustanciales a su objeto, ni resulten en un incremento del monto o modifiquen el procedimiento arbitral pactado.

Art. 4º

Apruébase el Modelo de CONVENIO DE SUBEJECUCION Y TRANSFERENCIA DE RECURSOS a ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y la CORPORACION VITIVINICOLA ARGENTINA (COVIAR), ente público no estatal creado por Ley Nº 25.849, cuya copia autenticada forma parte integrante del presente decreto como Anexo III.

Art. 5º

Desígnase como Organismo Ejecutor del PROYECTO DE INTEGRACION DE PEQUEÑOS PRODUCTORES A LA CADENA VITIVINICOLA a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, quedando facultado el señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos a suscribir el CONVENIO DE SUBEJECUCION Y TRANSFERENCIA DE RECURSOS como así también a tomar las medidas pertinentes para la correcta ejecución del CONTRATO DE PRESTAMO (BID).

Art. 6º

Facúltase al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos del MINISTERIO DE PRODUCCION, a convenir y/o suscribir modificaciones al CONVENIO DE...

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