Decreto 1366/2014

Fecha de la disposición14 de Agosto de 2014



MINISTERIO DE SEGURIDAD

Decreto 1366/2014

Designación.

Bs. As., 14/8/2014

VISTO el Expediente Nº 22.990/2013 del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, las Leyes Nros. 26.784 y 26.895, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y 2.848 de fecha 28 de diciembre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por las Leyes Nros. 26.784 y 26.895 se aprobaron los Presupuestos Generales de la Administración Nacional para los Ejercicios 2013 y 2014 respectivamente.

Que por el artículo 7° de las citadas leyes se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados, existentes a la fecha de sanción de las mismas en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el artículo 10 de las referidas leyes se dispuso que las facultades otorgadas al señor Jefe de Gabinete de Ministros, podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la Administración General del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Que por el Decreto Nº 2.848/12 se efectuó la designación transitoria en la planta permanente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, de Doña Mariana Soledad TURQUIN (D.N.I. Nº 35.726.633), en UN (1) cargo Nivel E - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por Decreto Nº 2.098/08, para cumplir funciones como AUXILIAR ADMINISTRATIVA.

Que a fin de cumplir en tiempo y forma las exigencias del servicio, resulta imprescindible designar a Doña Mariana Soledad TURQUIN en UN (1) cargo Nivel D - Grado 0, para cumplir funciones como ASISTENTE ADMINISTRATIVA en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que por el Decreto Nº 2.098/08, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.).

Que el cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, homologado por Decreto Nº 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180)...

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