Decreto 1387/2014

Fecha de la disposición19 de Agosto de 2014



SERVICIO EXTERIOR

Decreto 1387/2014

Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República de Filipinas.

Bs. As., 19/8/2014

VISTO el Expediente Nº 31.113/2014 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, la Resolución Nº 634 de fecha 7 de diciembre de 2011 del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, lo dispuesto por el Artículo 8° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957, y

CONSIDERANDO:

Que por la resolución mencionada en el Visto se trasladó al entonces señor Consejero de Embajada y Cónsul General D. Roberto Sebastián BOSCH ESTEVEZ desde el entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO a la Embajada de la República en la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL.

Que por el expediente citado en el Visto se tramita la designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPUBLICA DE FILIPINAS del señor Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase D. Roberto Sebastián BOSCH ESTEVEZ.

Que en virtud de lo establecido en el Artículo 8° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957, los funcionarios de las categorías “B” y “C” del Servicio Exterior de la Nación pueden ser acreditados temporalmente como Jefes de Misión con rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, cuando razones de servicio así lo aconsejen.

Que oportunamente el Gobierno de la REPUBLICA DE FILIPINAS concedió el plácet de estilo al señor Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase D. Roberto Sebastián BOSCH ESTEVEZ, para su designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante dicho país.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA, la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL y la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°

— Trasládase desde la Embajada de la República en la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, a la Embajada...

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