Decreto 1333/2014

Fecha de la disposición11 de Agosto de 2014



MINISTERIO DE EDUCACION

Decreto 1333/2014

Dase por prorrogada designación de la Directora Nacional de Desarrollo Universitario y Voluntariado.

Bs. As., 11/8/2014

VISTO los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 2.283 del 27 de noviembre de 2012, 396 del 10 de abril de 2013 y 1.257 del 28 de agosto de 2013 y lo solicitado por el MINISTERIO DE EDUCACION, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 dispuso que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que por el Decreto Nº 2.283 del 27 de noviembre de 2012 se cubrió en el MINISTERIO DE EDUCACION el cargo de Directora Nacional de Desarrollo Universitario y Voluntariado dependiente de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y COORDINACION DE POLITICAS UNIVERSITARIAS de la SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS.

Que en el artículo 2° del citado decreto se estableció que el cargo involucrado debía ser cubierto mediante los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 10 de diciembre de 2011.

Que por el Decreto Nº 396 del 10 de abril de 2013 se prorrogó por CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo mencionado precedentemente y por el Decreto Nº 1.257 del 28 de agosto de 2013 se hizo lo propio por otros CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.

Que por razones operativas no ha sido posible cumplimentar la cobertura del cargo en el plazo establecido.

Que por ello se considera indispensable prorrogar en el MINISTERIO DE EDUCACION el término fijado en el artículo 1° del Decreto Nº 1.257 del 28 de agosto de 2013.

Que el cargo citado no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y 1° del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA...

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