Decreto 1319/2014

Fecha de la disposición11 de Agosto de 2014



SECRETARIA GENERAL

Decreto 1319/2014

Danse por prorrogadas designaciones.

Bs. As., 11/8/2014

VISTO los Decretos Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 648 del 26 de mayo de 2004, Nº 1265 del 16 de julio de 2002, Nº 1435 del 4 de septiembre de 2008 y Nº 147 del 5 de febrero de 2014, la Resolución S.G. Nº 56 del 28 de enero de 2005 y la Resolución ex S.S.G.P. Nº 25 del 4 de mayo de 2005, y lo solicitado por la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y

CONSIDERANDO:

Que mediante los Decretos Nros. 1265/02 y 1435/08 se designaron, con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a diversos funcionarios de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que por el Decreto Nro. 147/14 se prorrogaron designaciones, todas con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, de diversos funcionarios en la Jurisdicción citada en el párrafo precedente.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en los términos del artículo 2° del Decreto Nº 23 del 23 de diciembre de 2001, en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que por el Decreto Nº 648/04 y la Resolución S.G. Nº 56/05 se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION hasta el primer nivel operativo con dependencia directa del nivel político y sus correspondientes aperturas inferiores.

Que por la última resolución mencionada en el Visto se ratificaron y homologaron diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de dicha Secretaría.

Que para el caso es conveniente remarcar que los funcionarios que integran la presente medida y perciben el Suplemento por Función Ejecutiva Nivel V, quedan comprendidos por el artículo 124, inciso 10 del Anexo del Decreto Nº 2098/08, modificado por su similar Nº 423/10.

Que no habiéndose efectuado, aún, las correspondientes convocatorias al proceso de selección, y siendo que los agentes continúan prestando servicios...

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