Decreto Nº 285/GCABA/14

FirmantesMACRI - Bullrich - Ibarra - Rodríguez Larreta
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición10 de Julio de 2014

VISTO:

La Resolución N° 2.488-MEGC/08, el Expediente N° 31.338/08 e incorporado, y

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones tramitó el Sumario Administrativo N° 182/08

ordenado por Resolución N° 2.488-MEGC/08;

Que abierta la etapa instructora, y tras haber cumplimentado diversas medidas

probatorias, por existir mérito suficiente, se decretó la indagatoria del agente Alfonso

Claudio Nervegna (F.C. N° 379.518);

Que en atención a ello, y conforme los elementos de prueba colectados, se le

formularon los respetivos cargos;

Que el encartado ejerció su derecho de formular descargo y presentar alegato;

Que el agente Nervegna dio a conocer la existencia de un hecho nuevo, consistente

en un episodio de violencia de una madre hacia una docente de la Escuela N° 19

Distrito Escolar N° 19 ofreciendo prueba y solicitando se tenga su presentación como

parte integrante del descargo formulado, el cual fue denegado en atención a no

guardar relación con el objeto de la investigación;

Que notificado de la vista conferida a los efectos de alegar, el nombrado interpuso

recurso contra la denegatoria de hecho nuevo y ofrecimiento de prueba, el que fue

rechazado por improcedente en razón del carácter irrecurrible de la decisión;

Que a tenor de lo actuado, la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, por medio del Dictamen N° IF-2012-01838671-DGSUM del 29 de agosto de

2012, aconsejó decretar la cesantía del agente Alfonso Claudio Nervegna (F.C. N°

379.518) en orden a la totalidad de los cargos formulados, por entender que dicho

agente habría infringido el artículo 180, inciso k, de la entonces vigente Resolución N°

626-SED/80, los artículos 73, incisos 2 y 15, y 74, incisos 10 y 12, de la Resolución N°

4776-MEGC/06; y 6° incisos c) y d) del Estatuto del Docente, quedando aprehendida

su conducta por la previsión contenida en el artículo 36, inciso f) de la citada

normativa;

Que oportunamente tomó intervención la Junta de Disciplina mediante Dictamen 274-

JD/12, la cual, en virtud de las facultades conferidas en la reglamentación del artículo

45 del Estatuto del Docente aprobado por Ordenanza N° 40.593, aconsejó se

sancionara con cesantía al agente Alfonso Claudio Nervegna (F.C. N ° 379.518), en

orden a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR