Decreto 75/2009

Fecha de la disposición10 de Febrero de 2009

Boletin oficial de la RepUblica aRgentina los documentos que aparecen en el bOletin OFicial de la RepUblica aRgentina serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional (decreto nº 659/1947) Precio $ 0,90

PRESIDENCIA DE LA NACION SecretarIa LegaL y tecnIca Dr. Carlos alberto Zannini Secretario DIreccIOn nacIOnaL DeL regIStrO OfIcIaL Dr. Jorge eDuarDo FeiJoÓ Director nacional www.boletinoficial.gov.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar registro nacional de la Propiedad Intelectual nº 723.199

DOmIcILIO LegaL Suipacha 767-c1008aaO Nº 31.591 2

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FaCturaCion Y registraCion General 2553-AFIP Procedimiento. Emisión de comprobantes. Controladores Fiscales. Resolución General Nº 4104 (DGI), texto sustituido por la Resolución General Nº 259, sus modificatorias y complementarias.

iMPuestos General 2554-AFIP Impuesto al Valor Agregado. Resolución General Nº 18, sus modificatorias y complementarias.

convenciones colectivAs De trABAJo cional 'EXPO SHANGHAI 2010', que se llevará a cabo en la ciudad de SHANGHAI, REPUBLICA POPULAR CHINA, entre los días 1º de mayo y 31 de octubre de 2010.

Art. 2º

Asígnase la responsabilidad de llevar adelante la organización de la participación argentina en el referido evento, al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Art. 3º

Créase en el ámbito del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO una Comisión Asesora Interministerial que se constituirá en un plazo máximo de TREINTA (30) días a partir de la fecha del presente Decreto, a fin de cumplir las acciones necesarias para la preparación y organización de la participación argentina en la 'EXPO SHANGHAI 2010'.

Art. 4º

La Comisión creada por el artículo anterior estará coordinada por un funcionario del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,

COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y estará integrada por representantes de las siguientes áreas de gobierno, cada una de las cuales deberá designar, dentro de los TREINTA (30) días de la fecha del presente Decreto, a un funcionario con rango no inferior a Director Nacional que la represente con carácter 'ad-honorem':

· JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

· MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

· MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

· MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

· MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA.

· SECRETARIA EJECUTIVA DE LA CONMEMORACION DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE MAYO DE 1810-2010 DE LA SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION · SECRETARIA DE TURISMO DEL MINISTERIO DE PRODUCCION · SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE...

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