Decreto 45/2009

Fecha de publicación29 Enero 2009
Fecha de disposición29 Enero 2009
SecciónDecretos
Número de Gaceta31583

Que el artículo 10 del citado Estatuto establece que el ingreso se producirá por la categoría mínima del cuadro correspondiente, por lo que resulta pertinente realizar las designaciones solicitadas.

Que la referida Policía ha certificado que los postulantes cumplen con los requisitos de ingreso a la planta permanente establecidos en los artículos 11 y 12 del Decreto Nº 1088/03.

Que el artículo 7º de la Ley Nº 26.337 establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de aquélla, ni los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros, quedando exceptuados de ello, entre otros, los cargos correspondientes al personal de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, por reemplazos de agentes pasados a situación de retiro y jubilación o dados de baja durante el presente ejercicio.

Que la Decisión Administrativa Nº 1/08 distribuyó los créditos presupuestarios aprobados por la Ley Nº 26.337 incluyendo las vacantes financiadas existentes en cada Jurisdicción o entidad de la Administración Nacional.

Que el Decreto Nº 491/02 establece que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada --en los términos del artículo 2º del Decreto Nº 23 del 23 de diciembre de 2001-- en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiación, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL y del artículo 1º del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Dase por designada, a partir del 1º de julio de 2007, como personal permanente en el Cuadro E Categoría 14, y en las condiciones previstas en los artículos 9º y 10 --primer párrafo--, del 'Estatuto para el Personal de la Secretaría de Inteligencia de la Presidencia de la Nación y para el Personal Civil de Inteligencia de los Organismos de Inteligencia de las Fuerzas Armadas', aprobado por el Decreto Nº 1088 del 5 de mayo de 2003, a la señora Da. Cecilia VIGNONI (D.N.I. Nº 29.905.182) para prestar servicios en la DIRECCION NACIONAL DE LA POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, organismo dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

Art. 2º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente, será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto vigente para el Ejercicio Financiero 2008 de la Jurisdicción 40, Subjurisdicción 07, Programa 22 Prestación del Servicio de Seguridad Aeroportuaria.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Sergio T.

Massa. -- Aníbal D. Fernández.

POLICIA FEDERAL ARGENTINA Decreto 45/2009

Convalídase la extensión del plazo de permanencia de Oficiales en la Ciudad de Santo Domingo, República Dominicana.

Bs. As., 27/1/2009

VISTO el Expediente Nº S02:0002143/2007 del registro de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, y CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución del MINISTERIO DEL INTERIOR Nº 2496 de fecha 17 de octubre de 2007, el Principal Christian Javier ARRAYAGO, de la Sección INVESTIGACION FEDERAL DE FUGITIVOS y el Inspector Marcelo Pablo GUANES, de la División ANTISECUESTROS, ambos de la SUPERINTENDENCIA DE INVESTIGACIONES FEDERALES de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, fueron autorizados a trasladarse a la Ciudad de SANTO DOMINGO, REPUBLICA DOMINICANA, por el término de CINCO (5) días, incluido el tiempo de viaje, entre los días 18 y 22 de octubre de 2007, a fin de cumplimentar la deportación a nuestro país, del ciudadano Ignacio Javier REARTE FAVALE, a requerimiento del Juzgado de Garantías Nº 2 a cargo del Dr. Ricardo FRAGA, del Departamento Judicial de Morón, Secretaría Unica a cargo del Dr. Humberto GONZALEZ, en legajo Nº 678 formado en investigación penal preparatoria Nº 28.603 seguida a REARTE FAVALE IGNACIO JAVIER en orden al delito de Homicidio agravado por el vínculo (art. 80, inc. 1º del C.P.).

Que por razones operativas los mencionados Oficiales debieron permanecer en ese país hasta el día 26 de octubre de 2007, fecha de regreso a la REPUBLICA ARGENTINA, lo que motivó que cada funcionario debiera...

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