Decreto 508. Nómbrase en 'Misión Permanente' Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aeronáutico.

Fecha de disposición29 Marzo 2016
Fecha de publicación29 Marzo 2016
SecciónDecretos

Decreto 508/2016

Nómbrase en "Misión Permanente" Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aeronáutico.

Bs. As., 28/03/2016

VISTO lo informado por el señor Jefe del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, lo propuesto por el señor MINISTRO DE DEFENSA, y

CONSIDERANDO:

Que es de interés para el Estado Nacional y las Fuerzas Armadas, mantener las Agregadurías de Defensa en el Exterior a los fines de estrechar los lazos de cooperación y amistad entre las Fuerzas Armadas de la región pertinente.

Que es necesario proceder al relevo del Personal Militar Superior de las Fuerzas Armadas que cumple funciones en el exterior como Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aeronáutico.

Que el MINISTERIO DE DEFENSA seleccionó al Capitán de Navío D. Guillermo Pablo RIOS para desempeñarse como Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aeronáutico a la EMBAJADA de la REPÚBLICA ARGENTINA en la FEDERACIÓN DE RUSIA.

Que la Asesoría Jurídica del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DEFENSA han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 10 de la Ley N° 20.957, del Régimen del Servicio Exterior de la Nación y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE

DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°

Nómbrase en "misión permanente" y por el término de SETECIENTOS SESENTA (760) días, dentro de los SESENTA (60) días de la firma del presente Decreto, al Capitán de Navío D. Guillermo Pablo RÍOS (DNI N° 17.143.402) como Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aeronáutico a la EMBAJADA de la REPÚBLICA ARGENTINA en la FEDERACIÓN DE RUSIA.

Art. 2°

El ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA (CONTRALORÍA GENERAL NAVAL), procederá a liquidar y abonar los montos correspondientes, conforme a las normas y reglamentaciones en vigencia, a efectos de cumplir con la designación establecida.

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