Decreto 2292/2008

Fecha de disposición08 Enero 2009
Fecha de publicación08 Enero 2009
SecciónDecretos
Número de Gaceta31568

Héctor Rubén TELLERIA (M.I. Nº 27.489.065), Ignacio Martín ISMAEL (M.I. Nº 25.023.236) y Luciano Matías ISMAEL (M.I. Nº 27.604.016).

Que por el artículo 7º de la Ley Nº 26.337 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Decreto Nº 491/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la Administración Pública Nacional, reasumió el control directo e inmediato de toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada --en cargos de planta permanente y no permanente-- a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que dicha cobertura se realiza exceptuándola de lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº 26.337.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL han tomado la intervención que les compete.

Que la erogación que implique la presente medida, será atendida con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes al Inciso 1 --Gastos en Personal-- de la ENTIDAD 850,

ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, de los artículos y 10 de la Ley Nº 26.337 y de lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Danse por designados a partir del 7 de julio de 2008, en la planta permanente de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), a los SEIS (6) agentes del HOSPITAL FRANCES - ASOCIACION FRANCESA FILANTROPICA Y DE BENEFICENCIA consignados en el Anexo del presente, asignándoles el puesto de 'Administrativo grado Inicial', categoría Nº 7.

Art. 2º

Las designaciones establecidas por el artículo 1º del presente, se disponen con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 26.337.

Art. 3º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas correspondientes al Inciso 1 --Gastos en Personal-- del...

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