Decreto 2200/2008
Emisor | Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto |
Fecha de la disposición | 2 de Enero de 2009 |
Boletin oficial de la RepUblica aRgentina los documentos que aparecen en el bOletin OFicial de la RepUblica aRgentina serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional (decreto nº 659/1947) Precio $ 0,90
PRESIDENCIA DE LA NACION SecretarIa LegaL y tecnIca Dr. Carlos alberto Zannini Secretario DIreccIOn nacIOnaL DeL regIStrO OfIcIaL Dr. Jorge eDuarDo FeiJoÓ Director nacional www.boletinoficial.gov.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar registro nacional de la Propiedad Intelectual nº 723.199
DOmIcILIO LegaL Suipacha 767-c1008aaO Nº 31.564 2
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Ministerio De PlaniFiCaCion FeDeral, inVersion PubliCa Y serViCios 659/2008
661/2008
667/2008
Ministerio De saluD 663/2008
Ministerio De trabaJo, eMPleo Y seguriDaD soCial 669/2008
tulo II, del Anexo I del Decreto Nº 993/1991 (t.o.
1995), dentro del cual deberán realizarse los respectivos procesos de selección.
El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Sergio T.
Massa. -- Jorge E. Taiana.
DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES Decreto 2199/2008
Designación transitoria en la Planta Permanente.
Bs. As., 22/12/2008
VISTO el Expediente Nº S02:0007036/2008 del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley Nº 26.337 y el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, y CONSIDERANDO:
Que el artículo 7º de la Ley citada en el Visto establece que las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de las disposiciones del artículo 10 de la mencionada Ley.
Que asimismo, mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada o descentralizada, en cargos de planta permanente o no permanente, incluyendo en éstos...
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