Decreto 518/2014

Fecha de publicación16 Abril 2014
Fecha de disposición09 Abril 2014
SecciónDecretos
Número de Gaceta32867



SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO

Decreto518/2014Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo.

Bs. As., 9/4/2014

VISTO el Expediente Nº 291/14 del registro de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, especialmente los Decretos Nº 1177 de fecha 16 de julio de 2012 y Nº 48 de fecha 14 de enero de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 357/02, sus modificatorios y complementarios, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los objetivos de las Unidades Organizativas establecidas en el citado Organigrama.

Que por el Decreto Nº 1177/12, entre otras medidas, se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que a través del Decreto Nº 48/14 se transfirieron los objetivos relativos a la lucha contra el narcotráfico de la mencionada Secretaría a la órbita del MINISTERIO DE SEGURIDAD, como así también la DIRECCION NACIONAL DE ANALISIS Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO y sus unidades dependientes relativas a la temática de la lucha contra el narcotráfico.

Que, en consecuencia, deviene menester la adecuación de la estructura organizativa de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, para optimizar el efectivo cumplimiento de sus objetivos vigentes.

Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°

— Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, de conformidad con el Organigrama y Responsabilidad Primaria y Acciones que, como Anexos la, lb, Ic y II, forman parte integrante del presente Decreto.

Art. 2°

— Facúltase al titular de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION a aprobar y modificar el Anexo de Dotación, de conformidad con los cargos aprobados por las Leyes de Presupuesto de la Administración Pública Nacional vigentes, previa intervención de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 3°

— En el plazo de SESENTA (60) días, a partir de la publicación del presente Decreto, el titular de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION deberá aprobar el proyecto de estructura organizativa correspondiente a las aperturas inferiores a las que se aprueban por el presente Decreto, previendo un máximo de TREINTA Y TRES (33) cargos de conducción, previa intervención de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4°

— Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por el presente Decreto, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las que por el presente se aprueban, las que transitoriamente mantendrán las acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de revista, funciones ejecutivas y suplementos aprobados.

Art. 5°

— El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 20 - 11 SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 6°

— Derógase el Decreto Nº 1177 de fecha 16 de julio de 2012.

Art. 7°

— Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.

ANEXO Ia

ANEXO lb

ANEXO Ic

ANEXO II

PRESIDENCIA DE LA NACION

SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Verificar el mantenimiento de un adecuado sistema de control interno incorporado a la organización de la Secretaría, privilegiando las pautas dictadas por la economía, eficiencia y eficacia, coordinando su accionar con la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

ACCIONES:

  1. Establecer la planificación de la Auditoría Interna de la Secretaría, conforme a las normas generales de Control Interno y Auditoría Interna.

  2. Elaborar el Plan General y el Plan Anual de Auditoría Interna.

  3. Evaluar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos determinados por la auditoría superior.

  4. Asesorar en la determinación de las normas y procedimientos propios del Sistema de Control interno.

  5. Tomar conocimiento integral de los actos y evaluar aquellos de significativa trascendencia económica. Informar acerca de ellos y formular las recomendaciones que correspondan a cada observación.

  6. Verificar si en las erogaciones e ingresos de la Secretaría se cumplen los principios contables y niveles presupuestarios de la normativa vigente.

  7. Constatar la confiabilidad de los antecedentes utilizados en la elaboración de los informes y/o estados informativos contables.

  8. Precisar la exactitud del registro de los activos y las medidas de resguardo adoptadas para su protección.

  9. Emitir opinión, en el ámbito de su competencia, en todo estado informativo contable emitido por las unidades ejecutoras.

  10. Producir informes periódicos sobre las auditorías desarrolladas y otros controles practicados.

  11. Comunicar a las autoridades superiores y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION los desvíos que se detecten con las recomendaciones y/u observaciones que se formulen.

  12. Efectuar el seguimiento de las recomendaciones y observaciones realizadas.

  13. Informar sobre los temas que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION le requiera en lo atinente al desarrollo de sus actividades.

    SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO

    SUBSECRETARIA DE DISEÑO, MONITOREO Y EVALUACION DE ABORDAJE TERRITORIAL, RELACIONES INTERNACIONALES Y CONTROL DE PRECURSORES QUIMICOS

    DIRECCION DE COOPERACION NACIONAL E INTERNACIONAL

    RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

    Asistir al Subsecretario en el diseño de la política de cooperación y financiamiento internacional, estableciendo los nexos pertinentes con los organismos de cooperación técnica internacional o multilaterales de crédito para el desarrollo de proyectos o programas en temas de su incumbencia.

    ACCIONES:

  14. Coordinar, con las demás dependencias de la Secretaría, con otras jurisdicciones de orden nacional y/o provincial y con Agencias y Organismos Internacionales, la gestión de programas y proyectos de cooperación técnico financiera de la jurisdicción.

  15. Vincular los programas y proyectos con financiamiento externo con los programas permanentes de la Secretaría, estimulando la comunicación, la interacción y el intercambio entre ellos.

  16. Realizar la coordinación general y brindar asistencia técnica en las cuestiones vinculadas con la formulación, evaluación y presentación de proyectos y programas para solicitar financiamiento externo de organismos de cooperación o multilaterales de crédito.

  17. Asesorar en la elaboración de convenios, acuerdos y otros instrumentos legales de cooperación técnica y financiera, de carácter bilateral o multilateral, formulando recomendaciones para su aplicación y cumplimiento.

  18. Gestionar y tramitar las adhesiones del ESTADO NACIONAL a planes y programas internacionales en materia de drogadicción, realizados con organismos internacionales gubernamentales y no gubernamentales.

  19. Promover la realización en la REPUBLICA ARGENTINA de seminarios, congresos y otros encuentros de carácter internacional vinculados con su cometido, así como asegurar la participación de la Secretaría en actividades internacionales similares organizadas en otros países.

  20. Asistir a los niveles provinciales y municipales, promoviendo acciones de capacitación en el desarrollo de proyectos y programas para lograr fortalecer los niveles de cooperación y asistencia financiera internacional.

  21. Contribuir al cumplimiento de las responsabilidades emergentes de la participación del país en los organismos internacionales y mecanismos de cooperación especializados en la problemática de las drogas.

  22. Fortalecer la cooperación internacional en la problemática de las drogas, promoviendo una activa participación en los organismos internacionales y mecanismos de cooperación especializados en la problemática de las drogas.

  23. Asistir al Subsecretario en el seguimiento y control de avance de los convenios nacionales e internacionales suscriptos por la Secretaría informando periódicamente su situación.

    SUBSECRETARIA DE DISEÑO, MONITOREO Y EVALUACION DE ABORDAJE TERRITORIAL, RELACIONES INTERNACIONALES Y CONTROL DE PRECURSORES QUIMICOS

    DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO, ANALISIS TECNICO Y CONTROL DEL USO DE PRECURSORES QUIMICOS

    RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

    Asistir a la Subsecretaría en la planificación y ejecución de los planes...

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