Decreto 444/2014

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición31 de Marzo de 2014



JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto444/2014Designaciones en la Unidad Jefe de Gabinete de Ministros.

Bs. As., 31/3/2014

VISTO el Expediente Nº CUDAP:EXP-JGM:0009997/2014 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014 aprobado por la Ley Nº 26.895 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 del 3 de enero de 2014, el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y el Decreto Nº 624 de fecha 21 de agosto de 2003, sus modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto Nº 624 de fecha 21 de agosto de 2003, sus modificatorios y complementarios, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, a fin de optimizar la utilización de los recursos públicos existentes en la UNIDAD JEFE DE GABINETE DE MINISTROS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, deviene pertinente la creación de DOS (2) cargos extra escalafonarios que brindarán asesoramiento al titular de la Unidad, en las materias que el mismo les asigne.

Que por el artículo 7° de la Ley Nº 26.895 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de lo dispuesto por el artículo 10 de la citada norma legal.

Que por el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional.

Que la Licenciada Da. Verónica Zoe LARA (D.N.I. Nº 23.997.840) y D. Edgardo Osvaldo MARTIGNONI (D.N.I. Nº 14.093.937) reúnen los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para cubrir los cargos de Asesores de la UNIDAD JEFE DE GABINETE DE MINISTROS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que han tomado la intervención de su competencia la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, los artículos , y 10 de la Ley Nº 26.895 y el artículo 1° del...

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