Decreto 2172/2008

EmisorMinisterio Publico
Fecha de la disposición19 de Diciembre de 2008

Que vencido el plazo para recurrir el citado acto sin que se hubieran formulado impugnaciones, corresponde asignar las vacantes concursadas, respetando el orden de mérito aprobado.

Que por el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda promoción en el ámbito de la Administración Pública, centralizada o descentralizada, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que se cuenta con el crédito necesario en el Presupuesto de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, a fin de atender el gasto resultante de la medida que se propicia.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos del citado organismo de control tomó la intervención que le compete.

Que el presente acto se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 99, inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL y 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Promuévese al Tramo A Nivel II Grado 1 del Escalafón del personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION a los agentes que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante del presente.

Art. 2º

El gasto que demande la aplicación de la presente medida se imputará a las partidas específicas del presupuesto correspondiente a la Jurisdicción 109 - SINDICATURA GENERAL DE LA NACION Art. 3º -- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Sergio T.

Massa. -- Florencio Randazzo.

ANEXO I Arturo PAPAZIAN (D.N.I. Nº 12.342.580) Alejandro Fabián DIAZ (D.N.I. Nº 17.366.555) María Isabel FIMOGNARE (D.N.I.

Nº 10.387.046) DEciSionES ADminiStrAtivAS y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 15 de enero de 2008, y CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 966 de fecha 18 de junio de 2008, se incrementan en un DIECINUEVE COMA CINCO POR CIENTO (19,5%) las retribuciones del personal permanente y no permanente comprendido en el ámbito del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION.

Que en cumplimiento de los Contratos de Préstamos suscriptos por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, Contratos de Préstamos BID Nº 1950/OC-AR y Nº 899/ OC-AR, BIRF Nº 7425-AR, Programa de la Unión Europea (UE) de Apoyo al Fortalecimiento Institucional del citado Servicio Nacional y el Programa de Acción MERCOSUR Libre de Fiebre Aftosa (PAMA), en el plan de erradicación de la aftosa, siendo necesario adecuar los créditos asignados en su oportunidad para este objetivo por resultar insuficientes.

Que el proceso de regionalización que se lleva a cabo en...

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