Decreto 2089/2008
Emisor | Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos |
Fecha de la disposición | 15 de Diciembre de 2008 |
La prórroga de la designación transitoria referida en el artículo 1º de este acto se dispone con carácter de excepción a lo establecido en el Título III, Capítulo III, y el Título VI, artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I al Decreto Nº 993/91 t.o. 1995.
El cargo involucrado en la presente medida deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA -- Decreto Nº 993/91 t.o. 1995-- en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 8 de octubre de 2008.
El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Sergio T. Massa. -- Aníbal D. Fernández.
ANEXO I MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS APELLIDO Y NOMBRE DOCUMENTO Nº NIVEL FUNCION EJECUTIVA FUNCION MEISZNER,
Andrés Matías DNI 23.261.923 A-0 Nivel I Director Nacional del Registro Nacional de Armas MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS Decreto 2089/2008
Designaciones transitorias en la Planta Permanente de la Unidad de Información Financiera.
Bs. As., 2/12/2008
VISTO el Expediente Nº 170.795/08 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, la Ley Nº 26.337, los Decretos Nros. 993/91 t.o. 1995, 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002 y la Decisión Administrativa Nº 1 del 15 de enero de 2008, y CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 26.337 se aprobó el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el ejercicio 2008.
Que por el artículo 7º de la Ley Nº 26.337 se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10 de esa misma ley.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y...
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